3. Otras disposiciones. . (2023/33-64)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU, de 28 de diciembre de 2022, referente a la Modificación Puntual del PGOU Paterna de Rivera para la ampliación del Sistema General de Equipamientos EQ-7 Cementerio Municipal.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 3085/6
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente la “Modificación Puntual del PGOU de Paterna de
Rivera-Ampliación del Sistema General de Equipamientos EQ-7 Cementerio Municipal”,
aprobada provisionalmente en sesión plenaria celebrada el 3.3.2022, de conformidad con
la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística
de Andalucía.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de
Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de
Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa por su condición de
disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar su publicación, según prevé el artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y conforme
a los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.»
ANEXO II
1. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.
La modificación propuesta se redacta a petición del Ayuntamiento de Paterna de
Rivera, ante la necesidad de ampliación del cementerio que presenta su capacidad
prácticamente agotada.
El cementerio municipal se encuentra ubicado dentro del suelo urbano consolidado,
en el límite norte entre el casco antiguo y la zona de extensión de la localidad. Presenta
planta rectangular y una única fachada a la vía pública a través de la C/ Arcos, por donde
se produce el acceso principal.
Sus dimensiones aproximadas son de 26 metros de ancho por 45 metros de fondo,
arrojando una superficie de parcela, según los datos catastrales consultados de 1.142 m².
Dicho equipamiento se encuentra envuelto completamente por el Sistema General de
Espacios Libres SG-EL 2, a excepción del frente de viario de la C/ Arcos, por donde se
produce su acceso principal.
Este SG-EL 2 presenta una superficie de 9.055,62 m², conformado por la C/ Arcos,
Avda. Padre Justo y Paseo del Toyo, si bien este último con la calificación de zona verde.
La ampliación que se propone del equipamiento necesariamente debe ocupar parte
del SGEL circundante, mediante el cambio de su calificación urbanística que pasará
a tener la consideración de Sistema General de Equipamientos-Servicios urbanos, no
alterándose por otro lado su carácter de dotación pública.
La ampliación propuesta tiene forma rectangular de 45 metros de largo y 9,80 metros
de ancho, adosados lateralmente al cementerio existente, arrojando una superficie de 442
metros cuadrados y con capacidad para albergar 485 nichos, con lo que las necesidades
municipales quedarán cubiertas a largo plazo.
En relación con la proporción que debe existir entre la superficie de suelo destinada a
SGEL por habitante, la LOUA establece en su art. 1.1.A).c).c1) que la reserva de suelo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278159
«MEMORIA DE ORDENACIÓN
BOJA
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 3085/6
ACUERDA
1.º Aprobar definitivamente la “Modificación Puntual del PGOU de Paterna de
Rivera-Ampliación del Sistema General de Equipamientos EQ-7 Cementerio Municipal”,
aprobada provisionalmente en sesión plenaria celebrada el 3.3.2022, de conformidad con
la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística
de Andalucía.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de
Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
3.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de
Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa por su condición de
disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar su publicación, según prevé el artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y conforme
a los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.»
ANEXO II
1. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL.
La modificación propuesta se redacta a petición del Ayuntamiento de Paterna de
Rivera, ante la necesidad de ampliación del cementerio que presenta su capacidad
prácticamente agotada.
El cementerio municipal se encuentra ubicado dentro del suelo urbano consolidado,
en el límite norte entre el casco antiguo y la zona de extensión de la localidad. Presenta
planta rectangular y una única fachada a la vía pública a través de la C/ Arcos, por donde
se produce el acceso principal.
Sus dimensiones aproximadas son de 26 metros de ancho por 45 metros de fondo,
arrojando una superficie de parcela, según los datos catastrales consultados de 1.142 m².
Dicho equipamiento se encuentra envuelto completamente por el Sistema General de
Espacios Libres SG-EL 2, a excepción del frente de viario de la C/ Arcos, por donde se
produce su acceso principal.
Este SG-EL 2 presenta una superficie de 9.055,62 m², conformado por la C/ Arcos,
Avda. Padre Justo y Paseo del Toyo, si bien este último con la calificación de zona verde.
La ampliación que se propone del equipamiento necesariamente debe ocupar parte
del SGEL circundante, mediante el cambio de su calificación urbanística que pasará
a tener la consideración de Sistema General de Equipamientos-Servicios urbanos, no
alterándose por otro lado su carácter de dotación pública.
La ampliación propuesta tiene forma rectangular de 45 metros de largo y 9,80 metros
de ancho, adosados lateralmente al cementerio existente, arrojando una superficie de 442
metros cuadrados y con capacidad para albergar 485 nichos, con lo que las necesidades
municipales quedarán cubiertas a largo plazo.
En relación con la proporción que debe existir entre la superficie de suelo destinada a
SGEL por habitante, la LOUA establece en su art. 1.1.A).c).c1) que la reserva de suelo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278159
«MEMORIA DE ORDENACIÓN