3. Otras disposiciones. . (2023/32-33)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Cajasur.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 3018/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Cajasur.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Cajasur, sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El día 19 de enero de 2023 tiene entrada en la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública escrito de la fundación para la inscripción de la
modificación estatutaria adoptada por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 1 (relativo a los fines
de la fundación), que cambia su redacción, al enunciado del Capítulo V, que pasa
a denominarse «Modificación de los Estatutos, fusión y extinción de la fundación», al
objeto de incorporar un nuevo artículo (42), que regule los supuestos de fusión con otras
fundaciones. Lo que da lugar a que los artículos 42, 43 y 44 se renumeren pasando a ser
los artículos 43, 44 y 45.
Tercero. Al expediente se aporta copia autorizada de la escritura pública otorgada
el día 12 de enero de 2023 ante el notario don Francisco Javier Carrero Pérez-Angulo,
del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el numero 89 de su protocolo, a la que
se incorpora informe de conformidad de la modificación de los estatutos emitido por la
Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
Cuarto. La escritura pública incorpora asimismo certificación del acuerdo del
patronato de fecha 28 de noviembre de 2022, relativo a la modificación de estatutos, con
mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora
para proceder a la modificación de estatutos acordada por el patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 46.a) del Reglamento de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008,
de 5 de febrero, sobre funciones del Protectorado en relación con la modificación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278073

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de
Andalucía.