3. Otras disposiciones. . (2023/32-38)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización sobre determinadas áreas del Ayuntamiento de Pinos Puente (Granada). Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 2990/20

Salvedades por incumplimiento de principios contables
Balance, Resultado presupuestario y Memoria - operaciones no presupuestarias y Remanente
de Tesorería
76.

El saldo inicial nulo de la cuenta (413): Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto debe incrementarse, tras la fiscalización practicada, en un importe de 210.231,07 € con
origen en los EREC aprobados en 2019 y el saldo final en 152.822,20 € como consecuencia de los
EREC aprobados en 2020, que tras el ajuste practicado pasaría a ser de 871.144,06 €. (§ A22)
Además, con motivo de las modificaciones presupuestarias realizadas con incumplimiento del
ordenamiento jurídico aparecerían gastos sin consignación presupuestaria sobrevenidos por
1.090.210,33 €, que habría que contabilizar en la cuenta (413), que pasaría a tener un saldo final
tras la fiscalización realizada de 1.961.354,39 €. (§ 52 y 71)

77.

Si se hubieran imputado los gastos de 152.822,20 € en su ejercicio del devengo, el año 2019, el
Resultado Presupuestario y el Remanente de Tesorería para Gastos Generales reflejarían un importe menor por dicha cuantía. (§ 71)
Balance y Estado de Flujos de Efectivo

78.

En la certificación bancaria de Caja Rural de Granada se mencionan dos cuentas corrientes abiertas en esta entidad, una de ellas con un saldo nulo a finales de 2019 y otra con un saldo de 300,00
€, que no están recogidas en la contabilidad.
Liquidación del Presupuesto de Ingresos, Resultado Presupuestario y Memoria - Remanente de
Tesorería
Si no se hubieran contabilizados las 19 modificaciones presupuestarias que se han realizado con
incumplimiento del ordenamiento jurídico, y que totalizan 3.371.894,11 €, las previsiones definitivas hubieran sido de 7.625.005,68 € en lugar de los 10.996.899,79 € que figuran en la Liquidación del Presupuesto de Ingresos. (§ 69)

80.

El Ayuntamiento ha dejado de contabilizar en 2019 derechos reconocidos por un importe estimado de 500.000,00 € por ingresos públicos que no se han liquidado debido la falta de funcionamiento del Departamento de Liquidación desde el 15 de noviembre, situación que se prolonga
hasta el 1 de abril de 2021. (§ A26-A27)
Como consecuencia de lo anterior, el Resultado Presupuestario, el objetivo de estabilidad presupuestaria y el Remanente de Tesorería para Gastos Generales del ejercicio están infravalorados
en 500.000,00 €. (§ 64, 92 y A37)

81.

Si bien la Entidad Local dispone de un plazo de prescripción de 4 años para llevar a cabo dicha
liquidación conforme a la normativa tributaria, hay 11.143,36 € que provienen del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o impuesto Municipal
de Plusvalías) y que ya no se van a poder liquidar ni, por tanto, de recaudar, tras la Sentencia del
TCo de 26 de octubre de 2021, con el consiguiente menoscabo de caudales públicos que ello
supone. (§ 54, 89, 92 y A28)

00278039

79.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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