3. Otras disposiciones. . (2023/32-32)
Orden de 16 de enero de 2023, por la que se resuelve, mediante actuaciones de replanteo, el establecimiento de los datos identificativos de la línea que delimita el término municipal de Arahal y el término municipal de Montellano, ambos en la provincia de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 3020/3

Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESU ELVO
Primero. La descripción de la línea divisoria que delimita los términos de Arahal
y Montellano, ambos en la provincia de Sevilla, de conformidad con el acta de las
operaciones de deslinde realizadas el día 18 de enero de 1872 y demás documentos
complementarios contenidos en la página web del Instituto Geográfico Nacional
(www.ign.es), mediante la remisión expresa a su transcripción gráfica y literal que consta
en el informe de deslinde del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía de 25 de
febrero de 2022, obrante en el expediente 003/2022/RTM.
Segundo. De conformidad con el deslinde contenido en el acta de deslinde de 18
de enero de 1872, dotar de coordenadas y de datos identificativos conforme al Sistema
Geodésico de Referencia actualmente vigente, a la línea divisoria que delimita los
términos municipales de Arahal y Montellano, ambos en la provincia de Sevilla, figurando
en el anexo a la presente orden los citados datos cartográficos.
Esta orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, fecha en la
cual surtirá efectos, y se dará traslado de la misma a los Ayuntamientos afectados, a
la Diputación Provincial de Sevilla, así como al Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía.
Contra esta orden, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra esta orden, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el
plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Sevilla, 16 de enero de 2023
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS

00278074

Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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