5. Anuncios. . (2023/32-59)
Anuncio de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, relativo a las bases para la estabilización del empleo público temporal, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2022. (PP. 3993/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 21547/24

De conformidad a lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público, se concederá un plazo de cinco días hábiles para subsanación, a contar
desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el art. 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen
la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso de selección. A estos efectos, los aspirantes
deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino,
además, que sus nombres constan correctamente en la pertinente relación de admitidos.
Transcurrido el plazo a que hace referencia el párrafo anterior, se dictará resolución
por la Alcaldía-Presidencia, aceptando o rechazando las reclamaciones si las hubiere, y
elevando a definitiva la lista de admitidos y excluidos. Se publicara en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cádiz el lugar donde se harán publica las listas definitivas de admitidos y
excluidos. En la misma publicación se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del
ejercicio, así como la composición del Tribunal.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su última publicación, o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente
al de su última publicación, ante el órgano judicial de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y en el artículo 10.1.a) en relación con el artículo 8.2.a) de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso
de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y
notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No
obstante, lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen
procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición
del interesado.

5.1. Composición.
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo será designado por el órgano competente
y estará compuesto, en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, por los siguientes miembros, todos ellos con voz y voto:
• Presidente: Un funcionario de carrera.
• Vocales: Cuatro, todos ellos funcionarios de carrera. (Uno de los vocales será un
representante de la Comunidad Autónoma y otro a propuesta de los Órganos unitarios de
representación del personal.
Igualmente formará parte del Tribunal un Secretario. Como tal actuará el de la
Corporación o funcionario en quién éste delegue, con voz pero sin voto.
La composición del órgano de selección incluirá también la de los respectivos
suplentes, que serán designados conjuntamente con los titulares.
No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política,
los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre
a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o
superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00274724

BASE 5.ª ÓRGANO DE SELECCIÓN