Autoridades y personal. . (2023/31-26)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir una plaza de Profesor Contratado Doctor, destinada a Personal Investigador Doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Miércoles, 15 de febrero de 2023

página 2937/5

5.4. Documentación a presentar.

Documentación requerida a través de la Sede Electrónica:
1. Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o equivalente.
2. Título universitario (anverso y reverso) o, en su defecto, justificante de haber
abonado los derechos para la expedición del mismo. En caso de haberse obtenido en
el extranjero, deberán estar en posesión de la homologación o de la declaración de
equivalencia del título, expedida por el Ministerio con competencias en la materia.
3. Título de Doctor (anverso y reverso). Cuando el título haya sido obtenido en el
extranjero, debe ir acompañada del certificado de equivalencia por la Universidad
española que la otorgue.
4. Certificado de acreditación para la figura de profesor contratado doctor expedido
por la Agencia.
Nacional de la Calidad y Acreditación (ANECA) o la Dirección de Evaluación y
Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA).
5. Fotocopia del documento justificativo de haber finalizado el Programa Ramón y
Cajal y de haber obtenido el certificado I3.
6. Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia
bancaria de haber realizado dicho abono.
En el caso de estar exento del pago de los derechos de participación, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo
establecido en la base 5.2.
5.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución
aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas
de exclusión, que será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba
(BOUCO).
Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de la citada resolución en el Boletín oficial de la Universidad de
Córdoba (BOUCO). Los escritos de subsanación/reclamación deberán realizarse
retomando el expediente a través de la Sede Electrónica, y accediendo al apartado de
«Mis Solicitudes».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278011

Documentación del currículum aportada a través de la aplicación:
1. Certificación/es académica/s personal/les oficiales, en la/s que conste/n las
calificaciones obtenidas por el solicitante en cada una de las asignaturas que conforman
su carrera universitaria.
2. Conjunto de publicaciones y documentos acreditativos de los méritos que se
aleguen en la instancia-currículum. Los méritos deberán ser acreditados conforme a lo
establecido en el Baremo General de Méritos para todas las plazas de personal docente
e investigador que se convoquen a concurso público en la Universidad de Córdoba,
aprobado en Consejo de Gobierno de 5 de febrero de 2015, y modificado por acuerdos
del Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2016, de 21 de diciembre de 2017, de 1 de
febrero de 2019 y de 29 de marzo de 2019 (Certificados de docencia, Informe de Vida
Laboral, revistas indexadas, contratos, etc.).
Los aspirantes se responsabilizarán expresamente, mediante la firma de la solicitud,
de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en
algún documento, decaerá el derecho a la participación en el concurso, con independencia
de la responsabilidad a que hubiere lugar. En cualquier caso, la Comisión de Contratación
podrá requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación
aportada, siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento.
Solo se tendrán en cuenta aquellos méritos expresamente indicados en la instanciacurrículum y que queden debidamente acreditados, no valorándose los méritos no
alegados en la solicitud, aun cuando figuren en la documentación acreditativa aportada.