3. Otras disposiciones. . (2023/30-30)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se deniega la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita, en los términos municipales de Villa de Otura y Padul (Granada).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 30 - Martes, 14 de febrero de 2023

página 2813/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por
la que se deniega la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica
que se cita, en los términos municipales de Villa de Otura y Padul (Granada).

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 27 de noviembre de 2020 Alpha Canis Solar, S.L., con domicilio
en Avenida de la Carrera, núm. 3, planta 1, oficina 1, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid,
CIF: B88291711, solicitó la autorización administrativa previa del proyecto de planta solar
fotovoltaica «Saleres Solar 3», con una potencia nominal de 41 MWn y potencia pico
49,99 MWp, en los términos municipales de Villa de Otura y Padul (Granada).
Segundo. El 26 de enero de 2023 se recibe en esta Delegación informe preceptivo
vinculante de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada, con núm.
expediente AAU/GR/056/20, donde se determina una evaluación ambiental desfavorable
para «proyecto de planta fotovoltaica Saleres 1, 2 (y línea de evacuación 30 kV), 3 y 4,
Set Saleres Solar 30/220 línea eléctrica aérea a 220 kV en los términos municipales
de Alhendín, Villa de Otura, Padul, Albuñuelas y Villamena», por considerar que el
establecimiento de las nuevas infraestructuras recogidas en la actuaciones del proyecto
pueden suponer una grave degradación de un entorno de elevado interés ecológico,
con deterioro de hábitats de interés comunitario prioritarios, y afectando a los hábitat de
varias especies de fauna y flora amenazadas, la geomorfología y alterando unos paisajes
de alto interés.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión; el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277889

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial
de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de
30 de agosto, así como la Resolución de de 11 marzo de 2022 de la Dirección General
de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales competentes en materia de energía.