Disposiciones generales. . (2023/28-10)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 26 de octubre de 2021, por la que se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios del reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2591/3
En relación con las medias en materia de conflicto de intereses, en el caso de que
concurra cualquier situación que pudiera dar lugar a un conflicto de intereses de las que
se encuentran descritas en el modelo del Anexo IX del citado Plan de medias antifraude,
debe comunicarse sin dilación a la Agencia Andaluza de la Energía. Dicha obligación
subsiste incluso con posterioridad a la firma de una declaración de ausencia de conflicto
de intereses, y durante toda la vigencia de las obligaciones que conlleva el incentivo.
En el caso de que se trate de una entidad beneficiaria sujeta a la legislación de
contratos del sector público, además de suscribir y aportar las referidas declaraciones
responsables, deberá identificar el NIF, razón social y domicilio fiscal del contratista que
resulte adjudicatario del contrato público correspondiente a la actuación incentivada,
así como, en su caso, del subcontratista de dicho contrato, adjuntando, asimismo, la
acreditación de la inscripción del contratista en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que refleje la actividad
efectivamente desarrollada por el mismo en la fecha de participación en el procedimiento
de licitación, así como las tres declaraciones responsables antes relacionadas, suscritas
por el contratista y en su caso, por el subcontratista del referido contrato público».
Tres. Se modifica el apartado 2. del resuelve decimosexto, que pasa a tener la
siguiente redacción:
«2. Además, la persona o entidad beneficiaria de las ayudas con financiación
de la Unión Europea debe mencionar el origen de esta financiación y garantizar
su visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una
declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU», en particular cuando promuevan las actuaciones subvencionables
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277633
Dos. Se introduce una nueva letra g) dentro del apartado 2.2 del resuelve
decimocuarto, con la siguiente redacción:
«g) Las declaraciones responsables en relación con la ejecución de actuaciones del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), suscritas por las personas
o entidades beneficiarias, conforme a los modelos previstos en los Anexos IX y X del
Plan de medidas antifraude para la gestión de fondos del Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia de la Comunidad autónoma de Andalucía, y en el Anexo IV de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se relacionan a continuación y
que estarán disponibles en el tramitador electrónico de los incentivos:
- Declaración de cesión y tratamiento de datos.
- Declaración de compromiso de cumplimiento de los principios transversales.
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
En relación con las medias en materia de conflicto de intereses, en el caso de que
concurra cualquier situación que pudiera dar lugar a un conflicto de intereses de las que
se encuentran descritas en el modelo del Anexo IX del citado Plan de medias antifraude,
debe comunicarse sin dilación a la Agencia Andaluza de la Energía. Dicha obligación
subsiste incluso con posterioridad a la firma de una declaración de ausencia de conflicto
de intereses, y durante toda la vigencia de las obligaciones que conlleva el incentivo.
En el caso de que se trate de una entidad beneficiaria sujeta a la legislación de
contratos del sector público, además de suscribir y aportar las referidas declaraciones
responsables, deberá identificar el NIF, razón social y domicilio fiscal del contratista que
resulte adjudicatario del contrato público correspondiente a la actuación incentivada,
así como, en su caso, del subcontratista de dicho contrato, adjuntando, asimismo, la
acreditación de la inscripción del contratista en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que refleje la actividad
efectivamente desarrollada por el mismo en la fecha de participación en el procedimiento
de licitación, así como las tres declaraciones responsables antes relacionadas, suscritas
por el contratista y en su caso, por el subcontratista del referido contrato público».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2591/3
En relación con las medias en materia de conflicto de intereses, en el caso de que
concurra cualquier situación que pudiera dar lugar a un conflicto de intereses de las que
se encuentran descritas en el modelo del Anexo IX del citado Plan de medias antifraude,
debe comunicarse sin dilación a la Agencia Andaluza de la Energía. Dicha obligación
subsiste incluso con posterioridad a la firma de una declaración de ausencia de conflicto
de intereses, y durante toda la vigencia de las obligaciones que conlleva el incentivo.
En el caso de que se trate de una entidad beneficiaria sujeta a la legislación de
contratos del sector público, además de suscribir y aportar las referidas declaraciones
responsables, deberá identificar el NIF, razón social y domicilio fiscal del contratista que
resulte adjudicatario del contrato público correspondiente a la actuación incentivada,
así como, en su caso, del subcontratista de dicho contrato, adjuntando, asimismo, la
acreditación de la inscripción del contratista en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que refleje la actividad
efectivamente desarrollada por el mismo en la fecha de participación en el procedimiento
de licitación, así como las tres declaraciones responsables antes relacionadas, suscritas
por el contratista y en su caso, por el subcontratista del referido contrato público».
Tres. Se modifica el apartado 2. del resuelve decimosexto, que pasa a tener la
siguiente redacción:
«2. Además, la persona o entidad beneficiaria de las ayudas con financiación
de la Unión Europea debe mencionar el origen de esta financiación y garantizar
su visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una
declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU», en particular cuando promuevan las actuaciones subvencionables
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277633
Dos. Se introduce una nueva letra g) dentro del apartado 2.2 del resuelve
decimocuarto, con la siguiente redacción:
«g) Las declaraciones responsables en relación con la ejecución de actuaciones del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), suscritas por las personas
o entidades beneficiarias, conforme a los modelos previstos en los Anexos IX y X del
Plan de medidas antifraude para la gestión de fondos del Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia de la Comunidad autónoma de Andalucía, y en el Anexo IV de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se relacionan a continuación y
que estarán disponibles en el tramitador electrónico de los incentivos:
- Declaración de cesión y tratamiento de datos.
- Declaración de compromiso de cumplimiento de los principios transversales.
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).
En relación con las medias en materia de conflicto de intereses, en el caso de que
concurra cualquier situación que pudiera dar lugar a un conflicto de intereses de las que
se encuentran descritas en el modelo del Anexo IX del citado Plan de medias antifraude,
debe comunicarse sin dilación a la Agencia Andaluza de la Energía. Dicha obligación
subsiste incluso con posterioridad a la firma de una declaración de ausencia de conflicto
de intereses, y durante toda la vigencia de las obligaciones que conlleva el incentivo.
En el caso de que se trate de una entidad beneficiaria sujeta a la legislación de
contratos del sector público, además de suscribir y aportar las referidas declaraciones
responsables, deberá identificar el NIF, razón social y domicilio fiscal del contratista que
resulte adjudicatario del contrato público correspondiente a la actuación incentivada,
así como, en su caso, del subcontratista de dicho contrato, adjuntando, asimismo, la
acreditación de la inscripción del contratista en el Censo de Empresarios, Profesionales y
Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que refleje la actividad
efectivamente desarrollada por el mismo en la fecha de participación en el procedimiento
de licitación, así como las tres declaraciones responsables antes relacionadas, suscritas
por el contratista y en su caso, por el subcontratista del referido contrato público».