3. Otras disposiciones. . (2023/28-33)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por la que se concede a favor de la mercantil La Campana Solar, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica que se cita, y ubicada en el término municipal de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), y a efectos de la solicitud de autorización ambiental unificada. (PP. 2713/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 17373/4
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación
RESU ELV E
Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil La Campana Solar, S.L. (CIF
B-87.944.500), Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de
Construcción para la instalación de generación de energía eléctrica denominada «HSF
Chucena II Solar PV», con una potencia instalada de 33 MW, y ubicada en el término
municipal de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), cuyas características principales son las
siguientes:
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o
derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o
bien queden igualmente sin efecto.
- El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto
y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270644
Peticionario: La Campana Solar, S.L. (CIF B-87.944.500).
Domicilio: Paseo Club Deportivo, núm. 1, Edificio 06-A, 1.ª planta.
Parque Empresarial La Finca. C.P. 28223. Somosaguas-Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Denominación de la instalación: HSF Chucena II Solar PV.
Término municipal afectado: Sanlúcar la Mayor (Sevilla).
Emplazamiento de la ISF: Polígono 43, parcela 3.
Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología
fotovoltaica (b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración
y residuos).
Potencia de módulos FV (pico) de generación: 35,6 MWp.
Potencia instalada (inversores) de generación: 33 MW (art. 3 RD 413/2014).
Potencia máxima de evacuación: 29,6 MW.
Tensión de evacuación: 220 kV.
Punto de conexión: SET Casaquemada 66/220 kV (E-Distribución Redes Digitales, S.A.U.).
Coordenadas UTM del centro geométrico de la instalación: X: 744106,55, Y: 4145669,82.
Proyectos técnicos: Proyecto de Ejecución Planta Solar Fotovoltaica Aznalcóllar y
firmado mediante declaración responsable en fecha 21 de septiembre de 2021.
Técnico titulado competente: Juan José Gázquez Gonzálvez, Ingeniero Técnico Industrial
colegiado 845 en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Almería.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 17373/4
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación
RESU ELV E
Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil La Campana Solar, S.L. (CIF
B-87.944.500), Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de
Construcción para la instalación de generación de energía eléctrica denominada «HSF
Chucena II Solar PV», con una potencia instalada de 33 MW, y ubicada en el término
municipal de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), cuyas características principales son las
siguientes:
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o
derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o
bien queden igualmente sin efecto.
- El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto
y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270644
Peticionario: La Campana Solar, S.L. (CIF B-87.944.500).
Domicilio: Paseo Club Deportivo, núm. 1, Edificio 06-A, 1.ª planta.
Parque Empresarial La Finca. C.P. 28223. Somosaguas-Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Denominación de la instalación: HSF Chucena II Solar PV.
Término municipal afectado: Sanlúcar la Mayor (Sevilla).
Emplazamiento de la ISF: Polígono 43, parcela 3.
Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología
fotovoltaica (b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración
y residuos).
Potencia de módulos FV (pico) de generación: 35,6 MWp.
Potencia instalada (inversores) de generación: 33 MW (art. 3 RD 413/2014).
Potencia máxima de evacuación: 29,6 MW.
Tensión de evacuación: 220 kV.
Punto de conexión: SET Casaquemada 66/220 kV (E-Distribución Redes Digitales, S.A.U.).
Coordenadas UTM del centro geométrico de la instalación: X: 744106,55, Y: 4145669,82.
Proyectos técnicos: Proyecto de Ejecución Planta Solar Fotovoltaica Aznalcóllar y
firmado mediante declaración responsable en fecha 21 de septiembre de 2021.
Técnico titulado competente: Juan José Gázquez Gonzálvez, Ingeniero Técnico Industrial
colegiado 845 en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Almería.