Disposiciones generales. . (2023/28-8)
Acuerdo de 7 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Andaluz de Humedales Horizonte 2030.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023

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2. El PAH 2030 tiene como objetivos fundamentales evitar, detener y revertir la pérdida
y degradación de humedales en Andalucía, contribuyendo a garantizar el mantenimiento
de los hábitats y especies que sustentan y de su capacidad para proveer servicios
ecosistémicos esenciales, impulsar su recuperación y conseguir su puesta en valor y el
reconocimiento de los múltiples beneficios que nos prestan.
Tercero. Ámbito temporal.
El PAH2030 tendrá el año 2030 como horizonte temporal para el cumplimiento de
los objetivos previstos en el mismo, sin perjuicio de las evaluaciones intermedias que, en
su caso, se establezcan en el propio Plan. En cualquier caso tendrá vigencia indefinida
hasta tanto sea sustituido por la aprobación de un nuevo Plan.
Cuarto. Contenido.
1. El contenido del Plan abordará, como mínimo, las siguientes líneas de actuación:
a) Información e inventario de los humedales de Andalucía.
b) Protección del «Humedal Andaluz».
c) Conservación de la integridad ecológica de los humedales andaluces.
d) Fortalecimiento de la gestión, coordinación, participación y cooperación en materia
de humedales.
e) Restauración ecológica de los humedales degradados de Andalucía.
f) Educación ambiental, comunicación y participación ciudadana para el desarrollo
del Plan Andaluz de Humedales.

Sexto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y
ejecución del presente acuerdo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La redacción del PAH2030 corresponde a la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul.
2. En su elaboración se llevará a cabo un proceso participativo y de consulta a través
de grupos de trabajo y de la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul que permitirá incorporar el mejor conocimiento disponible y las propuestas
más pertinentes a través de la implicación de organismos e instituciones, colectivos,
agentes y actores sociales y de la ciudadanía en general.
3. Concluida la elaboración del borrador del Plan, éste se presentará al Comité
Andaluz de Humedales que emitirá un informe en un plazo máximo de un mes.
4. Una vez estudiado y valorado el informe del Comité, a través de la persona
titular de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, se someterá el Plan a
información pública por un plazo de 45 días hábiles y, simultáneamente, se dará audiencia
a la Administración General del Estado, a las restantes Administraciones y Entidades
Públicas afectadas en razón de su competencia.
5. Con posterioridad a las modificaciones que se introduzcan como consecuencia
de los trámites de información pública y de audiencia, la propuesta del PAH2030 será
sometida, en su caso, al informe de aquellas Consejerías que, en función de su ámbito
competencial, puedan resultar afectadas por las determinaciones del Plan.
6. Una vez valoradas y, en su caso, incorporadas las observaciones y alegaciones
recibidas, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul elaborará un
nuevo borrador del PAH2030.
7. Cumplimentados los anteriores trámites, la persona titular de la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul elevará la propuesta del PAH2030 al
Consejo de Gobierno para su aprobación.