Autoridades y personal. . (2023/27-3)
Resolución de 4 de febrero de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dispone el nombramiento del Coordinador Autonómico de Trasplantes de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Jueves, 9 de febrero de 2023
página 2476/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 4 de febrero de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se dispone el nombramiento del Coordinador
Autonómico de Trasplantes de Andalucía.
Los beneficios sanitarios y sociales derivados de la extracción y trasplante de órganos
y tejidos son una realidad terapéutica consolidada en nuestra Comunidad Autónoma, y
cuenta con una estructura organizativa de Red de Coordinadores de Trasplantes, que
hace factible el buen funcionamiento de todas las actuaciones que se producen en este
campo.
La Orden de 18 de noviembre de 1997, por la que se regula la estructura organizativa
de la Red de Coordinadores de Trasplantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía y
las funciones de los mismos, así como el marco de relaciones de los diferentes agentes
que intervienen en el proceso de donación-trasplante de órganos y tejidos, modificada
por Orden de 19 de noviembre de 2003, dispone en su artículo 2 que la Coordinación de
Trasplantes estará formada por una unidad de Coordinación Autonómica de Trasplantes,
conformada por el Coordinador Autonómico de Trasplantes y el adjunto a la coordinación,
ubicada en los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud, y cinco Áreas
Sectoriales de Trasplantes, cuyos hospitales de referencia serán cada uno de los cinco
centros autorizados para la extracción y trasplantes de órganos y tejidos.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 2/1998, de
15 de junio, de Salud de Andalucía, en el artículo 12 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, el
artículo 4 de la Orden de 18 de noviembre de 1997, por la que se regula la estructura
organizativa de la Red de Coordinadores de Trasplantes de la Comunidad Autónoma
de Andalucía y las funciones de los mismos, así como el marco de relaciones de los
diferentes agentes que intervienen en el proceso de donación-trasplante de órganos y
tejidos, modificada por Orden de 19 de noviembre de 2003, y el Decreto 181/2022, de 9
de agosto, de mi nombramiento,
RESU ELVO
Primero. Nombrar a don Domingo Daga Ruiz, con DNI **0240****, Coordinador
Autonómico de Trasplantes de Andalucía.
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2022.- El Director Gerente, Diego Vargas Ortega.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277543
Segundo. Este nombramiento no comportará retribuciones específicas, siendo
estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona nombrada conservará su
vinculación jurídica existente con su centro de procedencia.
Las indemnizaciones que procedan por los desplazamientos que hubiese de realizar
por razón de servicio se liquidarán por su centro de origen, con arreglo a la normativa
vigente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 27 - Jueves, 9 de febrero de 2023
página 2476/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 4 de febrero de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se dispone el nombramiento del Coordinador
Autonómico de Trasplantes de Andalucía.
Los beneficios sanitarios y sociales derivados de la extracción y trasplante de órganos
y tejidos son una realidad terapéutica consolidada en nuestra Comunidad Autónoma, y
cuenta con una estructura organizativa de Red de Coordinadores de Trasplantes, que
hace factible el buen funcionamiento de todas las actuaciones que se producen en este
campo.
La Orden de 18 de noviembre de 1997, por la que se regula la estructura organizativa
de la Red de Coordinadores de Trasplantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía y
las funciones de los mismos, así como el marco de relaciones de los diferentes agentes
que intervienen en el proceso de donación-trasplante de órganos y tejidos, modificada
por Orden de 19 de noviembre de 2003, dispone en su artículo 2 que la Coordinación de
Trasplantes estará formada por una unidad de Coordinación Autonómica de Trasplantes,
conformada por el Coordinador Autonómico de Trasplantes y el adjunto a la coordinación,
ubicada en los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud, y cinco Áreas
Sectoriales de Trasplantes, cuyos hospitales de referencia serán cada uno de los cinco
centros autorizados para la extracción y trasplantes de órganos y tejidos.
Por todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 2/1998, de
15 de junio, de Salud de Andalucía, en el artículo 12 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, el
artículo 4 de la Orden de 18 de noviembre de 1997, por la que se regula la estructura
organizativa de la Red de Coordinadores de Trasplantes de la Comunidad Autónoma
de Andalucía y las funciones de los mismos, así como el marco de relaciones de los
diferentes agentes que intervienen en el proceso de donación-trasplante de órganos y
tejidos, modificada por Orden de 19 de noviembre de 2003, y el Decreto 181/2022, de 9
de agosto, de mi nombramiento,
RESU ELVO
Primero. Nombrar a don Domingo Daga Ruiz, con DNI **0240****, Coordinador
Autonómico de Trasplantes de Andalucía.
Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2022.- El Director Gerente, Diego Vargas Ortega.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277543
Segundo. Este nombramiento no comportará retribuciones específicas, siendo
estas las correspondientes a su puesto de origen. La persona nombrada conservará su
vinculación jurídica existente con su centro de procedencia.
Las indemnizaciones que procedan por los desplazamientos que hubiese de realizar
por razón de servicio se liquidarán por su centro de origen, con arreglo a la normativa
vigente.