Autoridades y personal. . (2023/26-26)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) denominado Secretaría General del Pleno, clase 1.ª - 17237, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Miércoles, 8 de febrero de 2023
página 2425/3
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de
los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
5. Procedimiento.
5.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local del
Excmo. Ayuntamiento de Marbella, previa constatación de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados
por los aspirantes, procederá a adoptar el acuerdo correspondiente, en el plazo de
un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación, de conformidad con lo establecido
en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
5.2. De dicho acuerdo se dará traslado al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación
en el Boletín Oficial del Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277502
4. Presentación de solicitudes de participación y documentación.
4.1. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Alcaldía-Presidencia
del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, debiendo ser presentadas dentro de los 15 días
hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
4.2. Las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico de la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Marbella, así como por cualquiera de los restantes
medios previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3. La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los
candidatos reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se
acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que conste los títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones
Públicas, estudios y cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno
poner de manifiesto. Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la
presentación de documentos públicos administrativos originales o copias simples de los
mismos.
Los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de
presentación de solicitudes de participación.
La presentación de solicitud para participar en la convocatoria para la provisión
definitiva del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportará la
plena aceptación de las mismas.
4.4. Junto a las especificaciones anteriormente indicadas, para la resolución de la
presente convocatoria se tendrán especialmente en cuenta las siguientes circunstancias,
debidamente documentadas:
a) Experiencia acreditada en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a la
Subescala de Secretaría, Categoría Superior.
b) Formación y experiencia acreditada en materia de Ordenación del Territorio,
Urbanismo y Medio Ambiente. Se valorará tanto la formación académica como la actividad
profesional en estas materias, con especial incidencia en la experiencia profesional
desarrollada en entidades locales incluidas en áreas de gran concentración de población,
así como del litoral.
c) Conocimientos y experiencia profesional debidamente acreditada, en los ámbitos
del resto de Subescalas y puestos de trabajo, reservados a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Miércoles, 8 de febrero de 2023
página 2425/3
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de
los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
5. Procedimiento.
5.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local del
Excmo. Ayuntamiento de Marbella, previa constatación de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados
por los aspirantes, procederá a adoptar el acuerdo correspondiente, en el plazo de
un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación, de conformidad con lo establecido
en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
5.2. De dicho acuerdo se dará traslado al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación
en el Boletín Oficial del Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277502
4. Presentación de solicitudes de participación y documentación.
4.1. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Alcaldía-Presidencia
del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, debiendo ser presentadas dentro de los 15 días
hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
4.2. Las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico de la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Marbella, así como por cualquiera de los restantes
medios previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3. La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los
candidatos reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se
acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que conste los títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones
Públicas, estudios y cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno
poner de manifiesto. Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la
presentación de documentos públicos administrativos originales o copias simples de los
mismos.
Los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de
presentación de solicitudes de participación.
La presentación de solicitud para participar en la convocatoria para la provisión
definitiva del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportará la
plena aceptación de las mismas.
4.4. Junto a las especificaciones anteriormente indicadas, para la resolución de la
presente convocatoria se tendrán especialmente en cuenta las siguientes circunstancias,
debidamente documentadas:
a) Experiencia acreditada en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a la
Subescala de Secretaría, Categoría Superior.
b) Formación y experiencia acreditada en materia de Ordenación del Territorio,
Urbanismo y Medio Ambiente. Se valorará tanto la formación académica como la actividad
profesional en estas materias, con especial incidencia en la experiencia profesional
desarrollada en entidades locales incluidas en áreas de gran concentración de población,
así como del litoral.
c) Conocimientos y experiencia profesional debidamente acreditada, en los ámbitos
del resto de Subescalas y puestos de trabajo, reservados a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional.