Disposiciones generales. . (2023/25-6)
Resolución de 27 de enero de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se modifica la Resolución de la Secretaría General de Industria y Minas de 1 de febrero de 2022, por la que se aprueba el Plan General de Inspección en el área de minas para el bienio 2022-2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 2334/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA
El Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real
Decreto 863/1985, de 2 de abril, recoge que será desarrollado por Instrucciones Técnicas
Complementarias que se dictarán por Orden del Ministerio competente en materia de
minas, y establece en su artículo 15 que la autoridad competente podrá, por iniciativa
propia o de parte interesada, girar visita total o parcial a las instalaciones, levantando
acta del estado de la instalación con respecto a su proyecto inicial y con respecto al
citado reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias. Adicionalmente,
establece que la autoridad competente podrá exigir que las inspecciones sean realizadas
por entidades colaboradoras.
De otra parte, la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, determina en su artículo 14
que las Administraciones Públicas competentes podrán comprobar en cualquier momento
por sí mismas, contando con los medios y requisitos reglamentariamente exigidos, o a
través de organismos de control, el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de
seguridad, de oficio o a instancia de parte interesada en casos de riesgo significativo
para las personas, los animales, los bienes o el medio ambiente.
A los efectos de dar adecuado cumplimiento a las funciones de vigilancia e inspección
que la diversa normativa sectorial en materia industria, energía y minas, como la citada,
la entonces denominada Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, aprobó la
Orden de 11 de julio de 2001, por la que se establece el programa de Inspecciones de la
Consejería en materia de industria, energía y minas, cuyo objeto en materia de minas era
determinar los programas específicos de inspección y control reglamentario que deben ser
incluidos cada año en el Plan de Inspecciones de seguridad de las instalaciones mineras
y de todos los trabajos de exploración, investigación, explotación y aprovechamiento de
recursos y establecimientos de beneficio regulados por la Ley de Minas, la metodología
para su ejecución y su financiación.
En la resolución, que en este acto se quiere modificar, se indica que la creciente
actividad de la minería que se desarrolla en grandes explotaciones, fruto del papel de
liderazgo de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el sector minero, y, particularmente,
en lo relativo a la minería subterránea, y sus particularidades respecto a las explotaciones
a cielo abierto, justifican la adopción de medidas de refuerzo de la inspección minera y
sus procedimientos de actuación.
Según lo previsto en el artículo 88 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y
el artículo 111 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto; ello, en relación con los Reales Decretos
1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan
funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia
de industria, energía y minas; así como por el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
las competencias en lo que respecta a la aprobación de los Planes de Inspección en el
ámbito de la seguridad minera, que, en virtud de la habilitación prevista en la disposición
adicional única de la Orden de 11 de julio de 2001, recaían en la anterior Dirección
General de Industria, Energía y Minas, corresponden a la Secretaría General de Industria
y Minas (en adelante, la Secretaría General), a propuesta de la nueva Dirección General
de Minas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277376
Resolución de 27 de enero de 2023, de la Secretaría General de Industria y
Minas, por la que se modifica la Resolución de la Secretaría General de Industria
y Minas de 1 de febrero de 2022, por la que se aprueba el Plan General de
Inspección en el área de minas para el bienio 2022-2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 2334/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL Y ENERGÍA
El Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por Real
Decreto 863/1985, de 2 de abril, recoge que será desarrollado por Instrucciones Técnicas
Complementarias que se dictarán por Orden del Ministerio competente en materia de
minas, y establece en su artículo 15 que la autoridad competente podrá, por iniciativa
propia o de parte interesada, girar visita total o parcial a las instalaciones, levantando
acta del estado de la instalación con respecto a su proyecto inicial y con respecto al
citado reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias. Adicionalmente,
establece que la autoridad competente podrá exigir que las inspecciones sean realizadas
por entidades colaboradoras.
De otra parte, la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, determina en su artículo 14
que las Administraciones Públicas competentes podrán comprobar en cualquier momento
por sí mismas, contando con los medios y requisitos reglamentariamente exigidos, o a
través de organismos de control, el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de
seguridad, de oficio o a instancia de parte interesada en casos de riesgo significativo
para las personas, los animales, los bienes o el medio ambiente.
A los efectos de dar adecuado cumplimiento a las funciones de vigilancia e inspección
que la diversa normativa sectorial en materia industria, energía y minas, como la citada,
la entonces denominada Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, aprobó la
Orden de 11 de julio de 2001, por la que se establece el programa de Inspecciones de la
Consejería en materia de industria, energía y minas, cuyo objeto en materia de minas era
determinar los programas específicos de inspección y control reglamentario que deben ser
incluidos cada año en el Plan de Inspecciones de seguridad de las instalaciones mineras
y de todos los trabajos de exploración, investigación, explotación y aprovechamiento de
recursos y establecimientos de beneficio regulados por la Ley de Minas, la metodología
para su ejecución y su financiación.
En la resolución, que en este acto se quiere modificar, se indica que la creciente
actividad de la minería que se desarrolla en grandes explotaciones, fruto del papel de
liderazgo de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el sector minero, y, particularmente,
en lo relativo a la minería subterránea, y sus particularidades respecto a las explotaciones
a cielo abierto, justifican la adopción de medidas de refuerzo de la inspección minera y
sus procedimientos de actuación.
Según lo previsto en el artículo 88 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y
el artículo 111 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto; ello, en relación con los Reales Decretos
1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan
funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia
de industria, energía y minas; así como por el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
las competencias en lo que respecta a la aprobación de los Planes de Inspección en el
ámbito de la seguridad minera, que, en virtud de la habilitación prevista en la disposición
adicional única de la Orden de 11 de julio de 2001, recaían en la anterior Dirección
General de Industria, Energía y Minas, corresponden a la Secretaría General de Industria
y Minas (en adelante, la Secretaría General), a propuesta de la nueva Dirección General
de Minas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277376
Resolución de 27 de enero de 2023, de la Secretaría General de Industria y
Minas, por la que se modifica la Resolución de la Secretaría General de Industria
y Minas de 1 de febrero de 2022, por la que se aprueba el Plan General de
Inspección en el área de minas para el bienio 2022-2023.