5. Anuncios. . (2023/25-51)
Anuncio de 13 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 19.12.2022, por la que se concede a favor de la mercantil Arbotante Solar, S.L., modificación de autorización administrativa previa y de construcción, así como la declaración en concreto de utilidad pública para la infraestructura eléctrica de evacuación de instalaciones de generación de energía eléctrica citada, situada en el término municipal de Guillena (Sevilla). (PP. 376/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023

página 1464/5

con los propietarios de los terrenos no impide la continuación del expediente iniciado
para la consecución de la utilidad pública en concreto de la instalación.
- En la generación de energía eléctrica procedente de energías renovables debe
prevalecer el beneficio público antes que el privado, dada la propia condición de servicio
de interés económico general, y su condición de utilidad pública que confiere el Título IX
de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
Séptimo. El artículo 161 del R.D. 1955/200, establece las limitaciones a la constitución
de las servidumbres de paso, esto es:
1. No podrá imponerse servidumbre de paso para las líneas de alta tensión: sobre
edificios, sus patios, corrales, centros escolares, campos deportivos y jardines y huertos,
también cerrados anejos a viviendas que ya existan al tiempo de iniciarse el expediente
de solicitud de declaración de utilidad pública, siempre que la extensión de los huertos y
jardines sea inferior a media hectárea.
2. Tampoco podrá imponerse servidumbre de paso para las líneas de alta
tensión sobre cualquier género de propiedades particulares siempre que se cumplan
conjuntamente las condiciones siguientes:
a) Que la línea pueda instalarse sobre terrenos de dominio uso o servicio público
o patrimoniales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de las provincias o de los
municipios, o siguiendo linderos de fincas de propiedad privada.
b) Que la variación del trazado no sea superior en longitud o en altura al 10 % de
la parte de línea afectada por la variación que según el proyecto transcurra sobre la
propiedad del solicitante de la misma.
c) Que técnicamente la variación sea posible.
La indicada posibilidad técnica será apreciada por el órgano que tramita el expediente,
previo informe de las Administraciones u organismos públicos a quienes pertenezcan
o esten adscritos los bienes que resultan afectados por la variante, y, en su caso, con
audiencia de los propietarios particulares interesados.
En todo caso, se considerará no admisible la variante cuando el coste de la misma
sea superior en un 10% al presupuesto de la parte de la línea afectada por la vacante.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación Territorial en Sevilla, a propuesta
del Servicio de Energía,
RESU ELV E

Peticionario: Arbotante Solar, S.L. (NIF: 88.246.236).
Domicilio: C/ Ribera del Loira, 38, piso 3, 28042 Madrid.
Denominación de la instalación: L/400-220 kV La Reunión-Promotores Guillena.
Términos municipales afectados: Guillena (Sevilla).
Emplazamiento de la ISF: Guillena (Sevilla).
Finalidad de la instalación: Infraestructura de evacuación de la energía producida por
siete parques fotovoltaicos independientes potencia total 280,3 MWn (b.1.1 RD Real
Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción
de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y
residuos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276558

Primero. Conceder a favor de la sociedad Arbotante Solar, S.L., con CIF: B-88.246.236,
la modificación de la autorización administrativa previa y de construcción, así como la
declaración, en concreto, de utilidad pública para la infraestructura eléctrica de evacuación
de instalaciones de generación de energía eléctrica denominada «Línea aérea de alta
tensión L/400-220 kV La Reunión-Promotores Guillena», ubicada en el término municipal
de Guillena (Sevilla), cuyas características principales son las siguientes: