5. Anuncios. . (2023/25-58)
Acuerdo de 1 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos a ocupar con motivo de la ejecución del proyecto de construcción de nuevos accesos a la A-4154 (Granada).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 2259/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 1 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar con motivo de la ejecución del proyecto de construcción de
nuevos accesos a la A-4154 (Granada).
El 4.11.2022, la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, ordenó el inicio del procedimiento
de expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia. El Presupuesto de las obras asciende a 123.115,29 euros, al objeto de tener
resuelta la disponibilidad de los terrenos con carácter previo a a la licitación del concurso
para la ejecución de las obras «3-GR-2379-0.0-0.0-PC. Proyecto de construcción de
nuevos accesos a la A-4154 (Granada)».
El Proyecto de Construcción de «3-GR-2379-0.0-0.0-PC. Proyecto de construcción
de nuevos accesos a la A-4154 (Granada)» fue aprobado el 2.11.2022 por la Dirección
General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de
Carreteras de Andalucía, «la Declaración sobre necesidad de ocupación, así como
la Urgente ocupación están implícitas en la Aprobación del Proyecto, por lo que se
procederá a citar para levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto
en el art. 52 de la L.E.F.
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE
núm. 351, de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías
y Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por
la expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Loja (Granada), en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial de Granada y en el Diario Ideal
de Granada, valiendo estos anuncios como notificación respecto a posibles interesados
no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado paradero, según los artículos 52.2
de la LEF y artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277330
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa (LEF) y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954 y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, 20.6.1957).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 2259/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 1 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar con motivo de la ejecución del proyecto de construcción de
nuevos accesos a la A-4154 (Granada).
El 4.11.2022, la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, ordenó el inicio del procedimiento
de expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia. El Presupuesto de las obras asciende a 123.115,29 euros, al objeto de tener
resuelta la disponibilidad de los terrenos con carácter previo a a la licitación del concurso
para la ejecución de las obras «3-GR-2379-0.0-0.0-PC. Proyecto de construcción de
nuevos accesos a la A-4154 (Granada)».
El Proyecto de Construcción de «3-GR-2379-0.0-0.0-PC. Proyecto de construcción
de nuevos accesos a la A-4154 (Granada)» fue aprobado el 2.11.2022 por la Dirección
General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de
Carreteras de Andalucía, «la Declaración sobre necesidad de ocupación, así como
la Urgente ocupación están implícitas en la Aprobación del Proyecto, por lo que se
procederá a citar para levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto
en el art. 52 de la L.E.F.
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE
núm. 351, de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías
y Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por
la expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Loja (Granada), en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial de Granada y en el Diario Ideal
de Granada, valiendo estos anuncios como notificación respecto a posibles interesados
no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado paradero, según los artículos 52.2
de la LEF y artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277330
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa (LEF) y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954 y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, 20.6.1957).