Autoridades y personal. . (2023/22-22)
Resolución de 27 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de 2017/2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023

página 1907/3

Cuarto. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las
respectivas pruebas, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido, sin perjuicio
de que el mismo pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de una
resolución administrativa o judicial derivada de este proceso selectivo, y conforme al
orden de preferencia establecido en el Anexo II de la presente resolución. Al personal
aspirante que no haya solicitado suficientes puestos de trabajo en relación con el número
de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de oficio alguno de los que
resulten vacantes, una vez atendidas las demás peticiones del personal aspirante.
2. Conforme dispone el artículo 25 del referido Reglamento General, los destinos
adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación, al tratarse de puestos de trabajo de
nivel básico.
3. El personal aspirante que tuviera la condición de personal funcionario de
carrera que ocupe con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrá solicitar
la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación. En tal caso quedarán
excluidos del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en
el proceso selectivo.
En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente
la toma de posesión en dicho puesto como personal funcionario de carrera del nuevo
Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el artículo 15 del Real
Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones
Administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado,
conforme a la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo, en el Cuerpo
al que pertenecía con anterioridad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276967

la presente resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos
en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto
en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B. Si no
autoriza la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano,
que será presentada presentada preferentemente utilizando medios electrónicos en el
Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía junto al formulario de petición de
destinos.
4. En cualquier caso, la declaración responsable a la que hace referencia la letra c)
del apartado 4, contenido en la base novena de la resolución de convocatoria, deberá
cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución,
siendo preferente su presentación en el Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía junto al formulario de petición de destinos.
5. Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar el
correspondiente certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la
Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que
conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo,
Especialidad u opción a que se aspira.
6. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el personal aspirante
que tuviera la condición de personal funcionario de carrera y aquellos otros que
estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados, siempre que hubieran
sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal
funcionario de carrera de otras Administraciones deberá presentar únicamente
certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás
circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que de lo consignado
en el mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en
el Cuerpo, Especialidad u opción a que se aspira, requiriéndose, en caso contrario, su
acreditación documental.