3. Otras disposiciones. . (2023/22-28)
Resolución de 27 de enero de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la celebración del Día de Andalucía en los centros docentes de la Comunidad Autónoma Andaluza.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 1947/2
HA DISPUESTO
Primero. Todos los centros docentes no universitarios de esta Comunidad Autónoma
celebrarán, con anterioridad al próximo día 28 de febrero, el Día de Andalucía.
Segundo. Anteriormente a la citada fecha los centros, en virtud de la autonomía
pedagógica, de organización y de gestión que les concede la Ley 17/2007, de 10
de diciembre, de Educación de Andalucía, y los respectivos reglamentos orgánicos,
programarán actividades para la conmemoración del Día de Andalucía con el alumnado.
Dichas actividades se orientarán a promover el conocimiento y la reflexión en torno al
proceso histórico y la realidad andaluza actual con el objetivo de fomentar la participación
política y social y profundizar en los principios cívicos y democráticos en los que descansa
nuestra convivencia.
Tercero. La programación anteriormente mencionada comprenderá actividades
a realizar con el alumnado dentro del horario lectivo, sobre el Estatuto de Autonomía
de Andalucía, así como sobre la cultura, la historia, la geografía, las tradiciones y los
símbolos que reflejan las aspiraciones y reivindicaciones del pueblo andaluz. Dichas
actividades pueden completarse con otras de naturaleza extraescolar. Las actividades
extraescolares serán voluntarias para el alumnado.
Cuarto. Para las actividades indicadas en los apartados anteriores se podrá solicitar
la colaboración de personalidades, para lo cual los centros docentes procurarán cooperar
con ayuntamientos, instituciones y organizaciones representativas de la vida social,
política y cultural de Andalucía.
Quinto. Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de
educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario
para la realización de las actividades programadas por ellos.
Sexto. Los centros privados y centros privados concertados adecuarán el contenido
de la presente resolución a su propia organización en consideración a la legislación
específica que los regula.
Séptimo. La Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación
Educativa, pondrá a disposición de los centros recursos y materiales didácticos digitales
para facilitar al profesorado el diseño y desarrollo de las actividades incluidas en la
presente resolución.
00277004
Sevilla, 27 de enero de 2023.- La Directora General, Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 1947/2
HA DISPUESTO
Primero. Todos los centros docentes no universitarios de esta Comunidad Autónoma
celebrarán, con anterioridad al próximo día 28 de febrero, el Día de Andalucía.
Segundo. Anteriormente a la citada fecha los centros, en virtud de la autonomía
pedagógica, de organización y de gestión que les concede la Ley 17/2007, de 10
de diciembre, de Educación de Andalucía, y los respectivos reglamentos orgánicos,
programarán actividades para la conmemoración del Día de Andalucía con el alumnado.
Dichas actividades se orientarán a promover el conocimiento y la reflexión en torno al
proceso histórico y la realidad andaluza actual con el objetivo de fomentar la participación
política y social y profundizar en los principios cívicos y democráticos en los que descansa
nuestra convivencia.
Tercero. La programación anteriormente mencionada comprenderá actividades
a realizar con el alumnado dentro del horario lectivo, sobre el Estatuto de Autonomía
de Andalucía, así como sobre la cultura, la historia, la geografía, las tradiciones y los
símbolos que reflejan las aspiraciones y reivindicaciones del pueblo andaluz. Dichas
actividades pueden completarse con otras de naturaleza extraescolar. Las actividades
extraescolares serán voluntarias para el alumnado.
Cuarto. Para las actividades indicadas en los apartados anteriores se podrá solicitar
la colaboración de personalidades, para lo cual los centros docentes procurarán cooperar
con ayuntamientos, instituciones y organizaciones representativas de la vida social,
política y cultural de Andalucía.
Quinto. Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de
educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario
para la realización de las actividades programadas por ellos.
Sexto. Los centros privados y centros privados concertados adecuarán el contenido
de la presente resolución a su propia organización en consideración a la legislación
específica que los regula.
Séptimo. La Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación
Educativa, pondrá a disposición de los centros recursos y materiales didácticos digitales
para facilitar al profesorado el diseño y desarrollo de las actividades incluidas en la
presente resolución.
00277004
Sevilla, 27 de enero de 2023.- La Directora General, Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja