Disposiciones generales. . (2023/22-1)
Orden de 24 de enero de 2023, por la que se convocan plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2023/24.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023

página 1949/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 24 de enero de 2023, por la que se convocan plazas de residencias
escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2023/24.
El Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por el Decreto 54/2012, de 6 de marzo, regula en el Título VI la
admisión del alumnado en las mismas y atribuye a la Consejería competente en materia
de educación el establecimiento de la normativa necesaria para completar determinados
aspectos del procedimiento de admisión del alumnado residente en estos centros.
En desarrollo del citado Reglamento Orgánico, la Orden de 28 de marzo de 2012
completa determinados aspectos del procedimiento para la admisión del alumnado
residente en las residencias escolares y en las escuelas-hogar.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento Orgánico de las residencias
escolares y en la Orden de 28 de marzo de 2012, por la que se desarrollan determinados
aspectos del procedimiento para la admisión del alumnado residente en las residencias
escolares y en las escuelas-hogar y se efectúa la convocatoria de plazas para el curso
escolar 2012/13,
DISPONGO
Primero. Convocar plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso
escolar 2023/24.
Segundo. El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días
1 y 31 de marzo, ambos inclusive, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la
Orden de 28 de marzo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos del
procedimiento para la admisión del alumnado residente en las residencias escolares y en
las escuelas-hogar y se efectúa la convocatoria de plazas para el curso escolar 2012/13.
Las solicitudes se ajustarán al modelo de «Solicitud de plaza para residencias
escolares y escuelas-hogar, Anexo I» que puede obtenerse en la dirección web
https://juntadeandalucia.es/organismos/desarrolloeducativoyformacionprofesional/
areas/educacion-familias/residencias-escolares.html
y en las residencias escolares y escuelas-hogar incluidas en los Anexos I y II de la
presente orden.
Tercero. Las personas solicitantes que vayan a cursar enseñanzas obligatorias
podrán solicitar plaza en las residencias escolares incluidas en el Anexo I que oferten
plazas para dichas enseñanzas y en las escuelas-hogar que figuran en el Anexo II.
Las personas solicitantes que vayan a cursar enseñanzas postobligatorias podrán
solicitar plaza en las residencias escolares incluidas en el Anexo I.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Reglamento Orgánico
de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el
Decreto 54/2012, de 6 de marzo, la cuantía mensual del precio público de las residencias
escolares para el curso escolar 2023/24 será la que se encuentra establecida en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. El umbral de patrimonio a que se refiere el artículo 3.1 de la Orden de 28 de
marzo de 2012 se fija en 60.000 euros.