5. Anuncios. . (2023/22-103)
Anuncio de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Hornachuelos, por el que se da publicidad a la resolución de Alcaldía que se cita, por la que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Subalterno/a vacante en este Ayuntamiento. (PP. 4131/2022).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 21818/2
lleva a cabo tareas de administración elementales (como despacho y cumplimentación de
solicitudes y demás documentación administrativa, elaboración y atención de la agenda de
Alcaldía, fotocopias, recepción y despacho de correspondencia, archivo…), etc. Traslada y
reparte instrumentos, materiales, documentación y paquetería diversa (tanto internamente
como externamente); encargos relacionados con el servicio, dentro y fuera de las
dependencias donde se encuentre asignado; prepara las salas e instalaciones para su
uso colaborando en la distribución del mobiliario; maneja la maquinaria de la calefacción
y el aire acondicionado, etc. Maneja los dispositivos, máquinas y equipos informáticos y
de comunicación propios del trabajo que realiza. Cualesquiera otras funciones que sean
análogas o conexas con las anteriores, o, en todo caso, que sean adecuadas a la plaza o
categoría del ocupante del puesto, que su superior jerárquico le encomiende, sin perjuicio,
además, de lo previsto en el art. 73.2 del TREBEP.
Base 3.ª Procedimiento de selección.
3.1 Tipo de procedimiento.
El procedimiento de selección es el de concurso de méritos.
3.2 Méritos.
Se valorarán los méritos siguientes, cumulativamente y sin perjuicio de lo indicado en
las bases generales:
Experiencia profesional: Hasta un máximo de 80 puntos.
- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral,
en la plaza objeto de las presentes bases, en el Ayuntamiento de Hornachuelos: 0,50
puntos por mes trabajado.
- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral,
en la plaza objeto de las presentes bases, en otras entidades locales: 0,40 puntos por
mes trabajado.
- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral
en la plaza objeto de las presentes bases, en otras AAPP y resto del Sector: 0,35 puntos
por mes trabajado.
Méritos académicos: Hasta un máximo de 20 puntos.
- Cursos de formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados, relacionados
con las tareas del puesto o con materias transversales, en los términos señalados en las
Bases Generales: 0,20 puntos por hora de formación.
Cuando la formación se refiera a créditos, cada crédito será equivalente a 10 horas
de formación.
3.3 Calificación definitiva.
La calificación definitiva del concurso de méritos será la resultante de la suma final
de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del concurso, sin que en ningún
caso pueda ser superior a 100 puntos.
Dicha calificación final lo será a partir de la comprobación del autobaremo por el
Tribunal Calificador, en los términos establecidos en las bases generales.
Base 4.ª Bolsa de empleo temporal.
El presente proceso selectivo SI generará bolsa de empleo temporal, en los términos
previstos en las bases generales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275213
Base 2.ª Requisitos.
Para ser admitidas en el proceso de selección y tomar parte de este, las personas
aspirantes deben cumplir los requisitos señalados en las Bases Generales y además, los
siguientes:
Titulación. Tener una titulación de EGB, o Graduado/a en Educación Secundaria
Obligatoria, o Formación Profesional Básica o equivalente.
La equivalencia, en caso de titulaciones distintas a las señaladas, corresponderá
acreditarla a la persona aspirante.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 21818/2
lleva a cabo tareas de administración elementales (como despacho y cumplimentación de
solicitudes y demás documentación administrativa, elaboración y atención de la agenda de
Alcaldía, fotocopias, recepción y despacho de correspondencia, archivo…), etc. Traslada y
reparte instrumentos, materiales, documentación y paquetería diversa (tanto internamente
como externamente); encargos relacionados con el servicio, dentro y fuera de las
dependencias donde se encuentre asignado; prepara las salas e instalaciones para su
uso colaborando en la distribución del mobiliario; maneja la maquinaria de la calefacción
y el aire acondicionado, etc. Maneja los dispositivos, máquinas y equipos informáticos y
de comunicación propios del trabajo que realiza. Cualesquiera otras funciones que sean
análogas o conexas con las anteriores, o, en todo caso, que sean adecuadas a la plaza o
categoría del ocupante del puesto, que su superior jerárquico le encomiende, sin perjuicio,
además, de lo previsto en el art. 73.2 del TREBEP.
Base 3.ª Procedimiento de selección.
3.1 Tipo de procedimiento.
El procedimiento de selección es el de concurso de méritos.
3.2 Méritos.
Se valorarán los méritos siguientes, cumulativamente y sin perjuicio de lo indicado en
las bases generales:
Experiencia profesional: Hasta un máximo de 80 puntos.
- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral,
en la plaza objeto de las presentes bases, en el Ayuntamiento de Hornachuelos: 0,50
puntos por mes trabajado.
- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral,
en la plaza objeto de las presentes bases, en otras entidades locales: 0,40 puntos por
mes trabajado.
- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral
en la plaza objeto de las presentes bases, en otras AAPP y resto del Sector: 0,35 puntos
por mes trabajado.
Méritos académicos: Hasta un máximo de 20 puntos.
- Cursos de formación y perfeccionamiento, debidamente acreditados, relacionados
con las tareas del puesto o con materias transversales, en los términos señalados en las
Bases Generales: 0,20 puntos por hora de formación.
Cuando la formación se refiera a créditos, cada crédito será equivalente a 10 horas
de formación.
3.3 Calificación definitiva.
La calificación definitiva del concurso de méritos será la resultante de la suma final
de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del concurso, sin que en ningún
caso pueda ser superior a 100 puntos.
Dicha calificación final lo será a partir de la comprobación del autobaremo por el
Tribunal Calificador, en los términos establecidos en las bases generales.
Base 4.ª Bolsa de empleo temporal.
El presente proceso selectivo SI generará bolsa de empleo temporal, en los términos
previstos en las bases generales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275213
Base 2.ª Requisitos.
Para ser admitidas en el proceso de selección y tomar parte de este, las personas
aspirantes deben cumplir los requisitos señalados en las Bases Generales y además, los
siguientes:
Titulación. Tener una titulación de EGB, o Graduado/a en Educación Secundaria
Obligatoria, o Formación Profesional Básica o equivalente.
La equivalencia, en caso de titulaciones distintas a las señaladas, corresponderá
acreditarla a la persona aspirante.