3. Otras disposiciones. . (2023/21-24)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las competencias que se citan y delegarlas en la persona titular de la Dirección de Área de Dependencia y Promoción de la Autonomía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Miércoles, 1 de febrero de 2023
página 1872/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Agencia de Servicios Sociales y
Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las competencias
que se citan y delegarlas en la persona titular de la Dirección de Área de
Dependencia y Promoción de la Autonomía.
La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía,
establece en su artículo 18 la creación de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia
de Andalucía como una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y
determina los fines generales de la misma. Mediante el Decreto 101/2011, de 19 de abril,
se aprobaron los Estatutos de la Agencia, dotándola de las potestades, competencias,
funciones y actuaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines.
La Dirección-Gerencia de la Agencia se configura como el órgano de dirección de la
misma con las competencias establecidas, principalmente, en el artículo 15 de los citados
Estatutos. La estructura de la Agencia está prevista en el artículo 20, estableciéndose los
puestos directivos en el artículo 27 de la referida norma.
Atendiendo a razones de oportunidad y de orden técnico, se adoptó la Resolución de 1
de agosto de 2019, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por
la que se delegan competencias en el personal directivo, procediéndose a la delegación
de determinadas competencias en la Secretaría General y en la entonces denominada
Dirección de Área de Dependencia y Autonomía.
Habiéndose producido la vacante en el puesto relativo a la Dirección de Área de
Dependencia y Promoción de la Autonomía, razones de eficacia y agilidad administrativa
aconsejaron la reordenación de las competencias delegadas en los correspondientes
puestos directivos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, por lo que se
dictó la Resolución de 17 de noviembre de 2022, por la que se acuerda avocar las
competencias que se citan y delegarlas en la persona titular de la Secretaría General de
la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia.
Con la cobertura del citado puesto, procede de nuevo la reordenación competencial
en el ámbito interno de la Agencia atendiendo a razones de oportunidad y de orden
técnico de la propia actividad de la misma.
En virtud de lo anterior, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 101 a 104 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
Primero. Avocar las competencias delegadas en la persona titular de la Secretaría
General de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en virtud
del resuelvo segundo de la Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las
competencias que se citan y delegarlas en la persona titular de la Secretaría General de
la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, en concreto:
a) Las atribuciones en materia de reintegro derivado de pagos indebidos.
b) Las resoluciones de los recursos de alzada contra las resoluciones contempladas
en el artículo 21.3 de los Estatutos de la Agencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276908
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Miércoles, 1 de febrero de 2023
página 1872/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Agencia de Servicios Sociales y
Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las competencias
que se citan y delegarlas en la persona titular de la Dirección de Área de
Dependencia y Promoción de la Autonomía.
La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía,
establece en su artículo 18 la creación de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia
de Andalucía como una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y
determina los fines generales de la misma. Mediante el Decreto 101/2011, de 19 de abril,
se aprobaron los Estatutos de la Agencia, dotándola de las potestades, competencias,
funciones y actuaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines.
La Dirección-Gerencia de la Agencia se configura como el órgano de dirección de la
misma con las competencias establecidas, principalmente, en el artículo 15 de los citados
Estatutos. La estructura de la Agencia está prevista en el artículo 20, estableciéndose los
puestos directivos en el artículo 27 de la referida norma.
Atendiendo a razones de oportunidad y de orden técnico, se adoptó la Resolución de 1
de agosto de 2019, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por
la que se delegan competencias en el personal directivo, procediéndose a la delegación
de determinadas competencias en la Secretaría General y en la entonces denominada
Dirección de Área de Dependencia y Autonomía.
Habiéndose producido la vacante en el puesto relativo a la Dirección de Área de
Dependencia y Promoción de la Autonomía, razones de eficacia y agilidad administrativa
aconsejaron la reordenación de las competencias delegadas en los correspondientes
puestos directivos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, por lo que se
dictó la Resolución de 17 de noviembre de 2022, por la que se acuerda avocar las
competencias que se citan y delegarlas en la persona titular de la Secretaría General de
la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia.
Con la cobertura del citado puesto, procede de nuevo la reordenación competencial
en el ámbito interno de la Agencia atendiendo a razones de oportunidad y de orden
técnico de la propia actividad de la misma.
En virtud de lo anterior, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 101 a 104 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
Primero. Avocar las competencias delegadas en la persona titular de la Secretaría
General de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en virtud
del resuelvo segundo de la Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Agencia
de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se acuerda avocar las
competencias que se citan y delegarlas en la persona titular de la Secretaría General de
la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, en concreto:
a) Las atribuciones en materia de reintegro derivado de pagos indebidos.
b) Las resoluciones de los recursos de alzada contra las resoluciones contempladas
en el artículo 21.3 de los Estatutos de la Agencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276908
RESU ELVO