Autoridades y personal. . (2023/21-16)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Miércoles, 1 de febrero de 2023
página 1846/6
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir
del siguiente al de su publicación. Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme
a lo dispuesto en el artículo 87 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla. Admitida a
trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento del candidato o candidatos contra
quienes fuera dirigida hasta la resolución de la misma.
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de
mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real Decreto
1313, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a
cuerpos docentes universitarios.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOE,
según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 17 de enero de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276887
10. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza:
Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el
BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza,
momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo
de que se trate.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Miércoles, 1 de febrero de 2023
página 1846/6
Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la
documentación que no haya sido retirada.
Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir
del siguiente al de su publicación. Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme
a lo dispuesto en el artículo 87 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla. Admitida a
trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento del candidato o candidatos contra
quienes fuera dirigida hasta la resolución de la misma.
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos.
Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio
de Gestión de Personal Docente (perdocente7@us.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de
mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública.
d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del Real Decreto
1313, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a
cuerpos docentes universitarios.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOE,
según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 17 de enero de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276887
10. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza:
Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el
BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza,
momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo
de que se trate.