3. Otras disposiciones. . (2023/19-42)
Orden de 9 de enero de 2023, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares» de Linares (Jaén). (PP. 385/2023).
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023

página 1491/2

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al
centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares», con código
23009663 y domicilio en C/ Calderón, núm. 1, de Linares (Jaén), cuyo titular es Centro de
Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., quedando con la configuración de enseñanzas que
se describe a continuación para impartir en turno de tarde:
a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:
Guía en el medio natural y de tiempo libre:
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Atención a personas en situación de dependencia:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:
Acondicionamiento físico:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Enseñanza y animación sociodeportiva:
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Educación infantil:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén
la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276570

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de
9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y
administrativos desde el inicio del curso escolar 2023/24.