3. Otras disposiciones. . (2023/18-89)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se anuncia la publicación de la modificación de la plantilla de funcionamiento de los centros docentes públicos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, para el año académico 2022/23, asociada a Programas de Cooperación Territorial.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Viernes, 27 de enero de 2023
página 1485/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Decreto 109/2016, de 14 de junio, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1
de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del
profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, establece, en el apartado 2
del artículo 25, que los puestos de trabajo docentes dotados presupuestariamente para
cada año académico en cada uno de los centros, zonas y servicios educativos constituyen
la plantilla de funcionamiento de los mismos. La Dirección General competente en materia
de plantillas docentes dará publicidad, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la
referida plantilla, al inicio de cada curso académico.
En cumplimiento de dicha disposición la Dirección General de Planificación, Centros
y Enseñanza Concertada, por Resolución de 10 de noviembre de 2022, anunció la
publicación de la plantilla de funcionamiento de los centros docentes públicos, por
especialidad y cuerpos docentes, correspondiente al año académico 2022/23.
No obstante, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha diseñado Programas de Cooperación
Territorial cuyo desarrollo compete a las Comunidades Autónomas.
En este sentido, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha
ampliado en Andalucía el Programa de Unidades de Acompañamiento y Orientación
Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable que tiene como objetivo
facilitar un apoyo al alumnado con dificultades para satisfacer las exigencias de la
educación formal. Así mismo, se va a poner en marcha el Programa de Educación
Inclusiva, que tiene como finalidad incrementar la provisión y optimizar la organización de
recursos especializados que atiendan a la diversidad del alumnado, impulsar la detección
e intervención precoces y potenciar el papel central de las familias en las etapas iniciales
del proceso educativo. También pretende potenciar el rol de los profesores especialistas
y su papel en la transformación de las prácticas docentes y los entornos escolares y
adecuar la ratio de apoyos que colaboren con el profesorado en la atención/respuesta a
la diversidad.
Ambos programas van suponer el incremento de la plantilla de funcionamiento de
determinados equipos de orientación educativa mediante la dotación de profesorado de
los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de la especialidad de Orientación
Educativa, y de Maestros, de las especialidades de Pedagogía Terapeútica y de Audición
y Lenguaje, que es necesario incluir en las plantillas de funcionamiento de los centros
afectados por lo que resta del año académico 2022/23.
La ampliación de plantilla a que se refiere esta resolución ha sido autorizada por
Acuerdo de 20 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se amplía de
forma extraordinaria la plantilla de profesorado de los centros docentes públicos para el
curso escolar 2022/23.
En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.c)
del artículo 8 del Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276556
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Planificación,
Centros y Enseñanza Concertada, por la que se anuncia la publicación de la
modificación de la plantilla de funcionamiento de los centros docentes públicos
de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta
de Andalucía, para el año académico 2022/23, asociada a Programas de
Cooperación Territorial.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Viernes, 27 de enero de 2023
página 1485/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Decreto 109/2016, de 14 de junio, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1
de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del
profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, establece, en el apartado 2
del artículo 25, que los puestos de trabajo docentes dotados presupuestariamente para
cada año académico en cada uno de los centros, zonas y servicios educativos constituyen
la plantilla de funcionamiento de los mismos. La Dirección General competente en materia
de plantillas docentes dará publicidad, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la
referida plantilla, al inicio de cada curso académico.
En cumplimiento de dicha disposición la Dirección General de Planificación, Centros
y Enseñanza Concertada, por Resolución de 10 de noviembre de 2022, anunció la
publicación de la plantilla de funcionamiento de los centros docentes públicos, por
especialidad y cuerpos docentes, correspondiente al año académico 2022/23.
No obstante, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha diseñado Programas de Cooperación
Territorial cuyo desarrollo compete a las Comunidades Autónomas.
En este sentido, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha
ampliado en Andalucía el Programa de Unidades de Acompañamiento y Orientación
Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable que tiene como objetivo
facilitar un apoyo al alumnado con dificultades para satisfacer las exigencias de la
educación formal. Así mismo, se va a poner en marcha el Programa de Educación
Inclusiva, que tiene como finalidad incrementar la provisión y optimizar la organización de
recursos especializados que atiendan a la diversidad del alumnado, impulsar la detección
e intervención precoces y potenciar el papel central de las familias en las etapas iniciales
del proceso educativo. También pretende potenciar el rol de los profesores especialistas
y su papel en la transformación de las prácticas docentes y los entornos escolares y
adecuar la ratio de apoyos que colaboren con el profesorado en la atención/respuesta a
la diversidad.
Ambos programas van suponer el incremento de la plantilla de funcionamiento de
determinados equipos de orientación educativa mediante la dotación de profesorado de
los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de la especialidad de Orientación
Educativa, y de Maestros, de las especialidades de Pedagogía Terapeútica y de Audición
y Lenguaje, que es necesario incluir en las plantillas de funcionamiento de los centros
afectados por lo que resta del año académico 2022/23.
La ampliación de plantilla a que se refiere esta resolución ha sido autorizada por
Acuerdo de 20 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se amplía de
forma extraordinaria la plantilla de profesorado de los centros docentes públicos para el
curso escolar 2022/23.
En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.c)
del artículo 8 del Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276556
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Planificación,
Centros y Enseñanza Concertada, por la que se anuncia la publicación de la
modificación de la plantilla de funcionamiento de los centros docentes públicos
de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta
de Andalucía, para el año académico 2022/23, asociada a Programas de
Cooperación Territorial.