Autoridades y personal. . (2023/18-64)
Corrección de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud, para personas con discapacidad intelectual, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraord. núm. 535, de 30.12.2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Viernes, 27 de enero de 2023

página 1515/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Corrección de errores de la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se
convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas
vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del
Servicio Andaluz de Salud, para personas con discapacidad intelectual, y se
aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo
temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud
(BOJA extraord. núm. 535, de 30.12.2022).
Advertido error material en el Anexo II «Baremo de méritos», de la Resolución de 22
de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud (BOJA extraord. núm. 35, de 30 de diciembre), por la que se convoca concurso,
por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas
categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud, para personas
con discapacidad intelectual, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho
proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud,
y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece
que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a
instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en
sus actos, se procede a realizar la oportuna corrección:
Página núm. 21.698/4-5.
Donde dice:
«3. Formación continuada: En el conjunto de actividades formativas se podrá valorar
como discente hasta un máximo 10 actividades.
Por la asistencia debidamente justificada (…) que guarde una relación directa con los
puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa:
1,5 puntos por cada crédito o 0,15 puntos por cada hora lectiva, siendo excluyentes entre
sí ambas valoraciones.»

00276597

Debe decir:
«3. Formación continuada: En el conjunto de actividades formativas se podrá valorar
como discente hasta un máximo 10 actividades.
Por la asistencia debidamente justificada (…) que guarde una relación directa con los
puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa:
2 puntos por cada crédito o 0,2 puntos por cada hora lectiva, siendo excluyentes entre sí
ambas valoraciones.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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