Disposiciones generales. . (2023/18-8)
Acuerdo de 24 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre las actuaciones del Servicio Andaluz de Salud en ejecución y previstas durante el año 2023 en la provincia de Jaén.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Viernes, 27 de enero de 2023
página 1625/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
El artículo 55.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que corresponde a
la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva sobre organización,
funcionamiento interno, evaluación, inspección y control de centros, servicios y
establecimientos sanitarios. Igualmente, establece, en su apartado 2, que le corresponde
la competencia compartida en materia de sanidad interior, y en particular, entre otras
materias, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los
servicios y prestaciones sanitarias.
El artículo 1.a) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, dispone como competencia de
la Consejería de Salud y Consumo la ejecución de las directrices y los criterios generales
de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana,
asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta
dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios.
Igualmente, el artículo 12.i) dispone que corresponde a la persona titular de la Dirección
Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, en adelante SAS, la programación, dirección y
fijación de criterios de gestión de las obras, equipamientos e instalaciones del SAS, y de
las entidades adscritas.
El artículo 2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece, entre
otros, como principios inspiradores de las actuaciones sobre protección de la salud, los de
consecución de la igualdad social y el equilibrio territorial en la prestación de los servicios
sanitarios, así como la planificación, eficiencia y eficacia de la organización sanitaria.
Igualmente, en su artículo 5, dispone que la actuación sanitaria de la Administración
Pública de la Junta de Andalucía se regirá, entre otros, por los principios de planificación
y participación.
La acusada disminución de la inversión realizada por el Servicio Andaluz de Salud
en la década que va desde 2008 a 2018 se manifestó en una serie de carencias muy
significativas en las infraestructuras sanitarias andaluzas y en los equipamientos de
los distintos centros sanitarios, construcción de centros sanitarios previstos, que no se
llevaron a cabo; ampliaciones y reformas de los ya existentes, que no se realizaron y falta
de reposición de dispositivos médicos que provocaron un alto nivel de obsolescencia.
Todo esto tuvo como consecuencia un sistema sanitario público con una evidente
necesidad de mejora y adaptación a las necesidades que merecen los profesionales
sanitarios y la sociedad andaluza.
Conscientes de esta situación, con fecha 26 de febrero de 2019, el Consejo de
Gobierno instó a la entonces Consejería de Salud y Familias a la constitución en el
seno del SAS y en cada una de las provincias, de grupos de trabajo que detectaran
las necesidades de infraestructuras sanitarias en cada una de las mismas y, en base
a sus estudios, se elaborara el Plan de Infraestructuras Sanitarias de Andalucía 20202030. En virtud de ello, se constituyó dicho grupo en la Delegación Territorial de Jaén.
Asimismo, se llevó a cabo un estudio técnico por parte de los especialistas del SAS sobre
la obsolescencia tecnológica, que ha puesto de manifiesto las necesidades de dotación y
renovación de dispositivos médicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276699
Acuerdo de 24 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma
conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre las
actuaciones del Servicio Andaluz de Salud en ejecución y previstas durante el
año 2023 en la provincia de Jaén.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Viernes, 27 de enero de 2023
página 1625/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
El artículo 55.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que corresponde a
la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva sobre organización,
funcionamiento interno, evaluación, inspección y control de centros, servicios y
establecimientos sanitarios. Igualmente, establece, en su apartado 2, que le corresponde
la competencia compartida en materia de sanidad interior, y en particular, entre otras
materias, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los
servicios y prestaciones sanitarias.
El artículo 1.a) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, dispone como competencia de
la Consejería de Salud y Consumo la ejecución de las directrices y los criterios generales
de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana,
asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta
dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios.
Igualmente, el artículo 12.i) dispone que corresponde a la persona titular de la Dirección
Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, en adelante SAS, la programación, dirección y
fijación de criterios de gestión de las obras, equipamientos e instalaciones del SAS, y de
las entidades adscritas.
El artículo 2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece, entre
otros, como principios inspiradores de las actuaciones sobre protección de la salud, los de
consecución de la igualdad social y el equilibrio territorial en la prestación de los servicios
sanitarios, así como la planificación, eficiencia y eficacia de la organización sanitaria.
Igualmente, en su artículo 5, dispone que la actuación sanitaria de la Administración
Pública de la Junta de Andalucía se regirá, entre otros, por los principios de planificación
y participación.
La acusada disminución de la inversión realizada por el Servicio Andaluz de Salud
en la década que va desde 2008 a 2018 se manifestó en una serie de carencias muy
significativas en las infraestructuras sanitarias andaluzas y en los equipamientos de
los distintos centros sanitarios, construcción de centros sanitarios previstos, que no se
llevaron a cabo; ampliaciones y reformas de los ya existentes, que no se realizaron y falta
de reposición de dispositivos médicos que provocaron un alto nivel de obsolescencia.
Todo esto tuvo como consecuencia un sistema sanitario público con una evidente
necesidad de mejora y adaptación a las necesidades que merecen los profesionales
sanitarios y la sociedad andaluza.
Conscientes de esta situación, con fecha 26 de febrero de 2019, el Consejo de
Gobierno instó a la entonces Consejería de Salud y Familias a la constitución en el
seno del SAS y en cada una de las provincias, de grupos de trabajo que detectaran
las necesidades de infraestructuras sanitarias en cada una de las mismas y, en base
a sus estudios, se elaborara el Plan de Infraestructuras Sanitarias de Andalucía 20202030. En virtud de ello, se constituyó dicho grupo en la Delegación Territorial de Jaén.
Asimismo, se llevó a cabo un estudio técnico por parte de los especialistas del SAS sobre
la obsolescencia tecnológica, que ha puesto de manifiesto las necesidades de dotación y
renovación de dispositivos médicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276699
Acuerdo de 24 de enero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma
conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre las
actuaciones del Servicio Andaluz de Salud en ejecución y previstas durante el
año 2023 en la provincia de Jaén.