Autoridades y personal. . (2023/17-34)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral indefinida prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y se convoca a concurso público contratos de actividades científico-técnicas indefinidos para la realización de un proyecto de investigación. (Rfª.: 01/23).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1466/8

16.3. El/la investigador/a principal realizará una entrevista personal a aquellas
personas solicitantes que hayan presentado la solicitud junto al Anexo III-A en el plazo
establecido en el párrafo anterior y que cumplan con los requisitos mínimos establecidos.
16.4. Durante el procedimiento de contratación provisional actuará como secretario/a
una persona funcionaria de carrera del Área de Investigación.
16.5. En el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide se
anunciará el calendario con la fecha y hora de las entrevistas y los criterios de valoración.
Las entrevistas versarán sobre el desarrollo del trabajo a realizar y los conocimientos
necesarios para ello, en función del perfil de cada plaza.
16.6. Realizadas las entrevistas, se publicará en el TEO resolución provisional, con
la puntuación obtenida por cada persona candidata, indicando la persona propuesta para
esta contratación provisional. Las personas interesadas dispondrán de dos días hábiles
para reclamar contra la misma.
Pasado este plazo sin que se registre reclamación, esta resolución será considerada
definitiva, pudiéndose formalizarse el correspondiente contrato de sustitución con la
persona candidata designada para la contratación provisional. Si se registrase en plazo
alguna reclamación, se publicará en el TEO resolución definitiva por la que se resuelven
las cuestiones planteadas e indicando a la persona propuesta.
16.7. El contrato laboral a formalizar será el de sustitución establecido en el artículo
15.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y se extinguirá cuando se cubra la
plaza objeto de la convocatoria o bien al llegar a su duración máxima de tres meses.
ANEXO II
Procesos Selectivos y Condiciones Particulares

PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA
1. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA
2.1. Número de contratos: 1.
1.1. Número de contratos: 1.
1.2.Referencia
Referencia
la Convocatoria:
CIC2301.
2.2.
dede
la Convocatoria:
CIC2302
1.3. Objeto del contrato: Desarrollo de actividades científico-técnicas para la realización
del2.3.
Proyecto
Investigación
denominado
«UNTWIST:
Policy recommendations
to regain
Objetodedel
contrato: Desarrollo
de actividades
científico-técnicas
para la realización
del
feminist
losers
as mainstream
voters» " UNTWIST: Policy recommendations to regain feminist
Proyecto
de Investigación
denominado
losers
voters”
«Esteas mainstream
contrato está
financiado por la EUROPEAN RESEARCH EXECUTIVE
AGENCY de la European Commission- (HORIZON-CL2-2021-DEMOCRACY-01-03/
"EsteHORIZON
contrato está
financiado
la EUROPEAN
RESEARCH
EXECUTIVE
AGENCY action
Research
and por
Innovation
Actions-Grant
Agreement
Nº 101060836)».
European
Commission(HORIZON-CL2-2021-DEMOCRACY-01-03/action
HORIZON
La contratación se realiza con cargo al crédito presupuestario: 2017302202
541A
Research and Innovation Actions)"
6410120 (Número de Expediente Económico 2022/0006302) de la Universidad Pablo de
Olavide.
La contratación se realiza con cargo al crédito presupuestario: 2017302202 541A 6410121
1.4. Línea
de investigación:
Discursos
antigénero
partidos de
extrema
derecha.
(Número
de Expediente
Económico
2022/0006303)
de laen
Universidad
Pablo
de Olavide.
1.5. Investigador/a principal: Doña Antonia M.ª Ruiz Jiménez.
1.6.Línea
Comisión
Evaluadora:
Se constituirá
lo establecido
en la base común
2.4.
de investigación:
Discursos
antigénerosegún
en partidos
de extrema derecha.
número 10 del Anexo I de esta resolución, con la siguiente especificidad:
2.5.
Investigador/a
principal:
Antonia Mª.Evaluadora:
Ruiz Jiménez Don José Manuel Echavarren
1.6.1.
Representante/s
en Dª.
la Comisión
Fernández.
2.6. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del
Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

Depósito Legal: SE-410/1979.
ISSN: 2253-802Xen
2.6.1 Representante/s

la Comisión Evaluadora: Dª. Antonia https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Mª. Ruiz Jiménez

2.7. Perfil del contrato: la persona candidata seleccionada deberá acreditar documentalmente
que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

00276537

2.