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Resolución de 20 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva, de concesión de subvenciones a las entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar así como para la atención del alumnado inmigrante, durante el curso escolar 2022/2023. Línea 4, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 y de la Resolución de 23 de junio de 2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1419/3
Séptimo. Forma y secuencia del pago.
Habrá dos formas de pago, según se establece en el artículo 25 de la Orden de 15
de abril de 2011, adaptado al art. 124.4 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
1.º Forma de pago: Para subvenciones superiores a 6.000 euros.
2.º Forma de pago: Para subvenciones inferiores o iguales a 6.000 euros.
Momento del pago
Plazo máximo de justificación
Importe
justificado
Tras la resolución definitiva.
Durante el 3º trimestre del
curso subvencionado
6 meses tras el abono del 1ºpago
3 meses tras el abono del 2º pago
50%
50%
Tras la resolución definitiva
31 agosto 2023.
100%
Porcentaje de pago
El 50% de la subvención
1º forma de
en 2022
pago
El 50% restante en 2023
2º forma de El importe total
pago
concedido
Octavo. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias tendrán las obligaciones previstas en el artículo 14 de la
Ley General de Subvenciones y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones.
Noveno. Justificación de la subvención.
Las Entidades beneficiarias destinatarias de estas ayudas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 27 de la Orden de 15 de abril de 2011 justificarán la subvención
en la forma y plazos indicados en el punto séptimo de esta resolución. El plazo máximo
para la presentación de la justificación será el establecido en el apartado 26.b) del cuadro
resumen, 31 de agosto del año académico subvencionado.
Décimo. Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10,
14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes,
desde el día siguiente a su publicación, ante la Consejería de Educación y Deporte, de
conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Huelva, 20 de enero de 2023.- El Delegado Territorial de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (P.D. de
Competencias, art. 15 de la Orden 7.11.2019), Carlos Soriano García.
ANEXO I
Entidades Locales
ISLA CRISTINA
CARTAYA
ALMONTE
AYAMONTE
MOGUER
VILLALBA DEL
ALCOR
P2104200G
P2102100A
P2100500D
P2101000D
P2105000J
Presupuesto
Subvencionado
10,000,00
10,000,00
7,390,00
7,314,00
6,576,00
Subvención
Concedida
10,000,00
10,000,00
7,390,00
7,314,00
6,576,00
Primer Pago
2022
5,000,00
5,000,00
3,695,00
3,657,00
3,288,00
P2107300B
4,500,00
4,500,00
4,500,00
CIF
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Segundo Pago
2023
5,000,00
5,000,00
3,695,00
3,657,00
3,288,00
0,00
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276471
ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS
BOJA
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1419/3
Séptimo. Forma y secuencia del pago.
Habrá dos formas de pago, según se establece en el artículo 25 de la Orden de 15
de abril de 2011, adaptado al art. 124.4 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
1.º Forma de pago: Para subvenciones superiores a 6.000 euros.
2.º Forma de pago: Para subvenciones inferiores o iguales a 6.000 euros.
Momento del pago
Plazo máximo de justificación
Importe
justificado
Tras la resolución definitiva.
Durante el 3º trimestre del
curso subvencionado
6 meses tras el abono del 1ºpago
3 meses tras el abono del 2º pago
50%
50%
Tras la resolución definitiva
31 agosto 2023.
100%
Porcentaje de pago
El 50% de la subvención
1º forma de
en 2022
pago
El 50% restante en 2023
2º forma de El importe total
pago
concedido
Octavo. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias tendrán las obligaciones previstas en el artículo 14 de la
Ley General de Subvenciones y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones.
Noveno. Justificación de la subvención.
Las Entidades beneficiarias destinatarias de estas ayudas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 27 de la Orden de 15 de abril de 2011 justificarán la subvención
en la forma y plazos indicados en el punto séptimo de esta resolución. El plazo máximo
para la presentación de la justificación será el establecido en el apartado 26.b) del cuadro
resumen, 31 de agosto del año académico subvencionado.
Décimo. Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10,
14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes,
desde el día siguiente a su publicación, ante la Consejería de Educación y Deporte, de
conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Huelva, 20 de enero de 2023.- El Delegado Territorial de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Huelva (P.D. de
Competencias, art. 15 de la Orden 7.11.2019), Carlos Soriano García.
ANEXO I
Entidades Locales
ISLA CRISTINA
CARTAYA
ALMONTE
AYAMONTE
MOGUER
VILLALBA DEL
ALCOR
P2104200G
P2102100A
P2100500D
P2101000D
P2105000J
Presupuesto
Subvencionado
10,000,00
10,000,00
7,390,00
7,314,00
6,576,00
Subvención
Concedida
10,000,00
10,000,00
7,390,00
7,314,00
6,576,00
Primer Pago
2022
5,000,00
5,000,00
3,695,00
3,657,00
3,288,00
P2107300B
4,500,00
4,500,00
4,500,00
CIF
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Segundo Pago
2023
5,000,00
5,000,00
3,695,00
3,657,00
3,288,00
0,00
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276471
ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS