3. Otras disposiciones. . (2023/16-70)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga, de concesión de subvenciones a entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado inmigrante, mediante actividades de compensación educativa durante el curso 2022/2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 16 - Miércoles, 25 de enero de 2023
página 1379/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación
e Innovación en Málaga, de concesión de subvenciones a entidades locales
para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para
la atención del alumnado inmigrante, mediante actividades de compensación
educativa durante el curso 2022/2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Orden de 15 de abril de 2011 de la Consejería de Educación (BOJA
núm. 95, de 17 de mayo de 2011), establece las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y
madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación,
voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía,
mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, de
acuerdo con lo establecido en la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la
Educación.
Segundo. La disposición adicional primera de la mencionada orden delega en la
Dirección General de Participación e Innovación Educativa (actualmente, de Atención
a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar) la competencia para convocar
anualmente la concesión de subvenciones mediante resolución que será publicada en
BOJA.
Tercero. Por Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de
2022), de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia
Escolar, se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades
públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras
entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación,
mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2022/2023.
Quinto. La disposición transitoria tercera del Decreto 300/22, de 30 de agosto,
por el que se modifica el Decreto 226/20, de 29 de diciembre, por el que se regula
la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
que mantiene la vigencia de las órdenes de delegación de competencias previas
al mismo; y el artículo 14.1.b) de la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276435
Cuarto. El artículo 15.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de
Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo de 2011), antes ya citada dispone que , Los
órganos competentes para la instrucción, evaluación y resolución del procedimiento
de concesión de subvenciones serán los indicados en el apartado 13 de cada Cuadro
Resumen. Y el apartado 13 del Cuadro Resumen de la línea correspondiente a Actuaciones
de las Entidades Locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar,
así como para la atención del alumnado inmigrante mediante la aplicación de medidas
de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por
la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de solidaridad en la educación , establece que el
órgano competente para resolver será la persona titular de la Delegación de la Consejería
competente en materia de Educación que actuará por delegación de esta.
BOJA
Número 16 - Miércoles, 25 de enero de 2023
página 1379/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación
e Innovación en Málaga, de concesión de subvenciones a entidades locales
para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para
la atención del alumnado inmigrante, mediante actividades de compensación
educativa durante el curso 2022/2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Orden de 15 de abril de 2011 de la Consejería de Educación (BOJA
núm. 95, de 17 de mayo de 2011), establece las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y
madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación,
voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía,
mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, de
acuerdo con lo establecido en la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la
Educación.
Segundo. La disposición adicional primera de la mencionada orden delega en la
Dirección General de Participación e Innovación Educativa (actualmente, de Atención
a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar) la competencia para convocar
anualmente la concesión de subvenciones mediante resolución que será publicada en
BOJA.
Tercero. Por Resolución de 23 de junio de 2022 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de
2022), de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia
Escolar, se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades
públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras
entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación,
mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2022/2023.
Quinto. La disposición transitoria tercera del Decreto 300/22, de 30 de agosto,
por el que se modifica el Decreto 226/20, de 29 de diciembre, por el que se regula
la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
que mantiene la vigencia de las órdenes de delegación de competencias previas
al mismo; y el artículo 14.1.b) de la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276435
Cuarto. El artículo 15.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de
Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo de 2011), antes ya citada dispone que , Los
órganos competentes para la instrucción, evaluación y resolución del procedimiento
de concesión de subvenciones serán los indicados en el apartado 13 de cada Cuadro
Resumen. Y el apartado 13 del Cuadro Resumen de la línea correspondiente a Actuaciones
de las Entidades Locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar,
así como para la atención del alumnado inmigrante mediante la aplicación de medidas
de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por
la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de solidaridad en la educación , establece que el
órgano competente para resolver será la persona titular de la Delegación de la Consejería
competente en materia de Educación que actuará por delegación de esta.