3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023

página 1000/70

13.1. Presupuesto de gastos consolidado
13.1

La Ley 3/2020, de 28 de diciembre, aprueba el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021. Este presupuesto incluye por primera vez a las agencias públicas empresariales referidas en el art.68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía, como parte del perímetro de consolidación del presupuesto, presentando
sus estados de gastos e ingresos bajo un modelo de contabilidad presupuestaria, abandonando
el modelo de presupuesto estimativo de explotación y capital, y encuadrándose su gestión bajo
los mismos principios del resto de entidades del sector público, con presupuesto limitativo y vinculante. Esta ley culmina el proceso de traslado iniciado con su predecesora, que incluyó a los
consorcios adscritos a la Junta de Andalucía.
En este epígrafe se recogen las conclusiones del estudio de la liquidación del presupuesto de
gastos consolidado, así como otros análisis que engloban tanto a la Junta de Andalucía como a
sus entidades instrumentales públicas (agencias administrativas, agencias de régimen especial y
agencias públicas empresariales) y consorcios adscritos, mientras que el apartado 13.2 se refiere
exclusivamente al presupuesto de gastos de la Junta de Andalucía. Asimismo, el epígrafe del presupuesto de ingresos se estructura de la misma forma, diferenciando consolidado de la JA.

13.2

La Cuenta General rendida recoge un apartado con los estados presupuestarios consolidados
(resultado presupuestario, liquidación del presupuesto de gastos e ingresos, remanente de tesorería, seguimiento de residuos y cuenta de rentas públicas). A diferencia de ejercicios anteriores,
no incorpora la cuenta de tesorería ni la cuenta de operaciones extrapresupuestaria acumulados,
en los que no se efectuaba un proceso de consolidación propiamente dicho, sino que se agregaba
la información de la Junta de Andalucía con la de otras entidades con régimen presupuestario.
Al margen de los extremos citados, sólo se incluye información consolidada en el apartado de
gastos con financiación afectada y en las respectivas notas en la memoria de la Junta de Andalucía, por lo que no se rinden los estados financieros consolidados.
Por lo que se refiere a la metodología de consolidación empleada, se reitera como en ejercicios
anteriores que no hay una norma autonómica que regule los criterios y procedimientos de formulación de los estados consolidados. La consolidación de la liquidación del presupuesto se realiza mediante la parametrización del sistema de información contable.35

13.1.1. Análisis general de la liquidación
13.3

El presupuesto de gastos consolidado se aprobó con un crédito inicial de 40.188,04 M€, produciéndose modificaciones que dieron lugar a un crédito definitivo de 44.442,15 M€. Las obligaciones reconocidas y los pagos realizados alcanzaron 40.175,52 M€ y 39.112,24 M€, lo que supone
un grado de ejecución y de pago del 90,40% y 97,35%, respectivamente (cuadro nº 13.1). Por
tipo de operaciones, el 82,03% de las obligaciones reconocidas (32.955,57 M€) corresponden a
operaciones corrientes (cuadro nº 13.2). Dentro de las operaciones corrientes destacan los gastos de personal y las transferencias corrientes que representan el 33,85% y el 33,59% del total.

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35 En el ámbito estatal, y de acuerdo con la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, que aprueba las normas para la formulación de cuentas
anuales consolidadas en el ámbito del sector público y configura el marco contable de referencia para todas las administraciones públicas
-modificada por la Orden HAC/820/2021, de 9 de julio-, la Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, que regula la elaboración de la Cuenta
General del Estado, incorpora como novedad la elaboración de la Cuenta General como una cuenta única consolidada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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