3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023

página 1000/134

DERECHOS PENDIENTES DE COBRO DE EJERCICIOS ANTERIORES EN 2020 Y 2021, AÑO DE ORIGEN Y DIFERENCIAS
M€
DPC Ej. Anteriores 2020
DPC Ej. Anteriores 2021
Diferencia
%

1987
0,08
0,01
-0,07
-88,37%

1988
0,01
0,01
0,00
-3,94%

1989
0,12
0,08
-0,04
-34,54%

1990
0,35
0,17
-0,18
-50,67%

1991
0,19
0,09
-0,10
-52,83%

1992
0,26
0,17
-0,08
-32,76%

1993
0,38
0,13
-0,25
-64,63%

1994
0,75
0,55
-0,19
-25,97%

1995
0,59
0,33
-0,26
-43,89%

1996
10,66
10,39
-0,28
-2,58%

1997
0,98
0,75
-0,23
-23,09%

DPC Ej. Anteriores 2020
DPC Ej. Anteriores 2021
Diferencia
%

1998
1,14
0,82
-0,32
-28,41%

1999
3,33
2,76
-0,57
-17,23%

2000
2,53
1,84
-0,69
-27,20%

2001
5,69
4,70
-1,00
-17,49%

2002
5,25
4,02
-1,23
-23,46%

2003
8,54
7,60
-0,94
-11,01%

2004
7,44
6,26
-1,17
-15,78%

2005
11,02
9,28
-1,74
-15,76%

2006
16,67
13,84
-2,83
-16,98%

2007
34,25
30,17
-4,08
-11,92%

2008
56,69
48,18
-8,51
-15,01%

DPC Ej. Anteriores 2020
DPC Ej. Anteriores 2021
Diferencia
%

2009
66,15
54,18
-11,97
-18,10%

2010
62,86
51,07
-11,79
-18,76%

2011
73,58
61,64
-11,94
-16,23%

2012
89,55
75,11
-14,44
-16,12%

2013
97,52
79,96
-17,56
-18,01%

2014
2015
2016
174,38
238,26
425,18
154,56
167,97
164,88
-19,82
-70,30
-260,30
-11,37% -29,50% -61,22%

2017
206,79
158,85
-47,94
-23,18%

2018
270,79
214,00
-56,79
-20,97%

2019
312,58
219,56
-93,02
-29,76%

Fuente: Cuentas Generales 2020 y 2021. Elaboración propia.

Cuadro nº 14.13

14.2.2.1. Provisión por deterioro de derechos pendientes de cobro
14.22

En el ejercicio 2021, al igual que en el ejercicio precedente, se continúa combinando el criterio
de antigüedad y recaudación, o solo antigüedad, según el capítulo presupuestario al que se aplique. Siguiendo las recomendaciones de la CCA, a los capítulos 1, 2 y 3 se aplica el criterio de
antigüedad y recaudación, mientras que al resto de capítulos se aplica sólo el criterio de antigüedad.
En los cuadros nº 14.14 y nº 14.15 se detallan los criterios aplicados según se recoge en la memoria de la Cuenta General. Hay que tener en cuenta que no se consideran susceptibles de deterioro los derechos relativos a los artículos 49 “Del exterior”, 79 “Del exterior”, 90 “Emisión de
deuda pública”, 92 “Préstamos recibidos” y 93 “Depósitos y fianzas recibidos”. Tampoco se incluyen los pendientes de cobro por transferencias internas (artículos 41/71, 43/73 y 45).
CRITERIOS DETERIORO DERECHOS PENDIENTES DE COBRO CAPÍTULOS 1, 2 y 3
EJERCICIO

CRITERIO DE ANTIGÜEDAD

Ejercicio (-1)

20%

Ejercicio (-2)

40%

Ejercicio (-3)

80%

Ejercicio (-4)

100%

CRITERIO DE ANTIGÜEDAD + RECAUDACIÓN
5%
15%
20%
40%
50%
20%
30%
40%
70%
80%
70%
80%
90%
100%
90%
95%
100%
Cuadro nº 14.14

00276082

Fuente: Memoria Cuenta General 2021.

CRITERIO DE RECAUDACIÓN
>70
<70 y >40
<40 y >25
<25 y >10
<10
>50
<50 y >40
<40 y >25
<25 y >10
<10
>40
<40 y >25
<25 y >10
<10
>25
<25 y >10
<10

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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