3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1000/128
14.5
Según se desprende de los datos del cuadro nº 14.6, el único capítulo que ha visto reducido sus
ingresos como consecuencia de la Covid-19 ha sido el correspondiente a los impuestos indirectos
(-217,19 M€) debido principalmente al descenso de ingresos del ITPAJD (-154,70 M€) por la reducción de tipos impositivos operada por Decreto-ley 7/2021, y los Tributos sobre el juego (55,04 M€). Por el contrario, se han incrementado los ingresos no tributarios por transferencias
corrientes (732,19 M€), las tasas, precios públicos y otros ingresos (15,87 M€) e impuestos directos (4,92 M€). En valores diferenciales respecto al impacto de la Covid-19 en 2020, la reducción
de los ingresos ha sido de 1.158,20 M€, fundamentalmente por un menor incremento en las
transferencias corrientes (-1.553,72 M€).
14.6
Por lo que se refiere a las trasferencias corrientes, los efectos se derivan esencialmente de las
transferencias recibidas del Estado en virtud del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de
medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la
Covid-19, que ha supuesto un incremento de los ingresos de 1.109,24 M€, si bien, tras el reintegro el 28 de diciembre de 2021 del saldo no ejecutado al Tesoro Público (-376,68 M€), el efecto
neto ha sido de 732,56 M€.
14.7
Esta línea de subvenciones creada por el Estado en virtud del Título I del citado Real Decreto-ley
5/2021, estaba dotada con un importe de 7.000,00 M€, y su gestión se atribuye a las Comunidades Autónomas. La línea se compone por dos compartimentos: un primer compartimento, con
una dotación de 5.000 M€ asignado a todas las CCAA y Ciudades de Ceuta y Melilla, a excepción
de Baleares y Canarias, y un segundo compartimento, con una dotación de 2.000 M€, asignado
a estas últimas. La distribución de la dotación correspondiente al primer compartimento es proporcional a la asignación del REACT EU, en base a indicadores de renta, de desempleo y de desempleo juvenil, correspondiendo a la C.A. de Andalucía una dotación de 1.109,24 M€, de conformidad con la Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo (15,85% del total y 22,18% del primer compartimento).
Para el desarrollo en el ámbito andaluz de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción
del endeudamiento del sector privado, se publicó el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio.
Esta línea de ayudas directas de carácter finalista va dirigida a autónomos y empresas no financieras cuya actividad se haya visto más negativamente afectada por la pandemia, y debe aplicarse
a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
00276082
Con anterioridad al 31 de diciembre de 2021 las CCAA debían reintegrar al Tesoro Público la
diferencia entre el importe asignado y el importe máximo derivado de las solicitudes recibidas,
e igualmente, podían reintegrar la diferencia entre este último importe y el adjudicado. En todo
caso, el resto del saldo no ejecutado debía ser reintegrado antes del 30 de junio de 2022 (art.4
RD-ley 5/2021). A 31 de diciembre de 2021, según certificado de la IGJA e información de la liquidación presupuestaria, se habían registrado compromisos y reconocido obligaciones por im-
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1000/128
14.5
Según se desprende de los datos del cuadro nº 14.6, el único capítulo que ha visto reducido sus
ingresos como consecuencia de la Covid-19 ha sido el correspondiente a los impuestos indirectos
(-217,19 M€) debido principalmente al descenso de ingresos del ITPAJD (-154,70 M€) por la reducción de tipos impositivos operada por Decreto-ley 7/2021, y los Tributos sobre el juego (55,04 M€). Por el contrario, se han incrementado los ingresos no tributarios por transferencias
corrientes (732,19 M€), las tasas, precios públicos y otros ingresos (15,87 M€) e impuestos directos (4,92 M€). En valores diferenciales respecto al impacto de la Covid-19 en 2020, la reducción
de los ingresos ha sido de 1.158,20 M€, fundamentalmente por un menor incremento en las
transferencias corrientes (-1.553,72 M€).
14.6
Por lo que se refiere a las trasferencias corrientes, los efectos se derivan esencialmente de las
transferencias recibidas del Estado en virtud del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de
medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la
Covid-19, que ha supuesto un incremento de los ingresos de 1.109,24 M€, si bien, tras el reintegro el 28 de diciembre de 2021 del saldo no ejecutado al Tesoro Público (-376,68 M€), el efecto
neto ha sido de 732,56 M€.
14.7
Esta línea de subvenciones creada por el Estado en virtud del Título I del citado Real Decreto-ley
5/2021, estaba dotada con un importe de 7.000,00 M€, y su gestión se atribuye a las Comunidades Autónomas. La línea se compone por dos compartimentos: un primer compartimento, con
una dotación de 5.000 M€ asignado a todas las CCAA y Ciudades de Ceuta y Melilla, a excepción
de Baleares y Canarias, y un segundo compartimento, con una dotación de 2.000 M€, asignado
a estas últimas. La distribución de la dotación correspondiente al primer compartimento es proporcional a la asignación del REACT EU, en base a indicadores de renta, de desempleo y de desempleo juvenil, correspondiendo a la C.A. de Andalucía una dotación de 1.109,24 M€, de conformidad con la Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo (15,85% del total y 22,18% del primer compartimento).
Para el desarrollo en el ámbito andaluz de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción
del endeudamiento del sector privado, se publicó el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio.
Esta línea de ayudas directas de carácter finalista va dirigida a autónomos y empresas no financieras cuya actividad se haya visto más negativamente afectada por la pandemia, y debe aplicarse
a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
00276082
Con anterioridad al 31 de diciembre de 2021 las CCAA debían reintegrar al Tesoro Público la
diferencia entre el importe asignado y el importe máximo derivado de las solicitudes recibidas,
e igualmente, podían reintegrar la diferencia entre este último importe y el adjudicado. En todo
caso, el resto del saldo no ejecutado debía ser reintegrado antes del 30 de junio de 2022 (art.4
RD-ley 5/2021). A 31 de diciembre de 2021, según certificado de la IGJA e información de la liquidación presupuestaria, se habían registrado compromisos y reconocido obligaciones por im-
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja