3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1000/11
1. INTRODUCCIÓN
1.1
El Plan de Actuaciones que cada año aprueba la Cámara de Cuentas, incluye el informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, por imperativo de los arts. 8 y 11 de la Ley
1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía (LCCA). El Plan de Actuaciones
de 2022 contiene el informe correspondiente a la Cuenta General del ejercicio 2021. El principal
marco normativo que resulta aplicable se detalla en el anexo 27.1.1.
1.2
Cabe reseñar como aspectos novedosos, la modificación de la estructura económica de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto operada por Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, y la incorporación a contabilidad presupuestaria de las
agencias públicas empresariales previstas en el art.68.1b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud de la extensión a las mismas del régimen
presupuestario, económico-financiero, de control y contabilidad de la Junta de Andalucía, como
ya ocurriera en el ejercicio 2020 respecto de los consorcios.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN
RELACIÓN CON LA CUENTA GENERAL
2.1
A la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA) le corresponde formar la Cuenta General de la Junta de Andalucía. Los arts.105 y 106 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP) determinan el contenido de la Cuenta General,
así como la Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, en su art.56.
La Cuenta General se presentó por la IGJA en la Cámara de Cuentas el 1 de agosto de 2022, dentro
del plazo establecido en el art.11.1.a) de la LCCA, de conformidad con el art.30.5 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con posterioridad, con fecha registro de entrada 28 de septiembre de 2022 fue presentada una corrección de errores de la Cuenta General rendida.
Además, corresponde al Gobierno garantizar que las actividades, operaciones presupuestarias y
financieras realizadas durante el ejercicio y reflejadas en la Cuenta General resultan conformes
con las normas aplicables, debiendo implantar los sistemas de control interno oportunos para
esa finalidad.
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
A la Cámara de Cuentas de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en su normativa reguladora, le
corresponde el examen y comprobación de la Cuenta General de cada ejercicio. El objetivo es
emitir una declaración definitiva, en términos de seguridad razonable, sobre la Cuenta General
de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2021, con el fin de expresar una opinión
sobre si ésta se ha rendido en el plazo que establece la LCCA, la adecuación de su estructura y
contenido a la normativa que la regula, su coherencia interna respecto a las cuentas y estados
que la integran y si su elaboración es conforme a la legalidad que le resulta aplicable. Asimismo,
contiene un análisis general desde la perspectiva económico-financiera y, particularmente, de
00276082
3.1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1000/11
1. INTRODUCCIÓN
1.1
El Plan de Actuaciones que cada año aprueba la Cámara de Cuentas, incluye el informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, por imperativo de los arts. 8 y 11 de la Ley
1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía (LCCA). El Plan de Actuaciones
de 2022 contiene el informe correspondiente a la Cuenta General del ejercicio 2021. El principal
marco normativo que resulta aplicable se detalla en el anexo 27.1.1.
1.2
Cabe reseñar como aspectos novedosos, la modificación de la estructura económica de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto operada por Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, y la incorporación a contabilidad presupuestaria de las
agencias públicas empresariales previstas en el art.68.1b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud de la extensión a las mismas del régimen
presupuestario, económico-financiero, de control y contabilidad de la Junta de Andalucía, como
ya ocurriera en el ejercicio 2020 respecto de los consorcios.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN
RELACIÓN CON LA CUENTA GENERAL
2.1
A la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA) le corresponde formar la Cuenta General de la Junta de Andalucía. Los arts.105 y 106 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHP) determinan el contenido de la Cuenta General,
así como la Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, en su art.56.
La Cuenta General se presentó por la IGJA en la Cámara de Cuentas el 1 de agosto de 2022, dentro
del plazo establecido en el art.11.1.a) de la LCCA, de conformidad con el art.30.5 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con posterioridad, con fecha registro de entrada 28 de septiembre de 2022 fue presentada una corrección de errores de la Cuenta General rendida.
Además, corresponde al Gobierno garantizar que las actividades, operaciones presupuestarias y
financieras realizadas durante el ejercicio y reflejadas en la Cuenta General resultan conformes
con las normas aplicables, debiendo implantar los sistemas de control interno oportunos para
esa finalidad.
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
A la Cámara de Cuentas de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en su normativa reguladora, le
corresponde el examen y comprobación de la Cuenta General de cada ejercicio. El objetivo es
emitir una declaración definitiva, en términos de seguridad razonable, sobre la Cuenta General
de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2021, con el fin de expresar una opinión
sobre si ésta se ha rendido en el plazo que establece la LCCA, la adecuación de su estructura y
contenido a la normativa que la regula, su coherencia interna respecto a las cuentas y estados
que la integran y si su elaboración es conforme a la legalidad que le resulta aplicable. Asimismo,
contiene un análisis general desde la perspectiva económico-financiera y, particularmente, de
00276082
3.1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja