Disposiciones generales. . (2023/14-2)
Orden de 17 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Plan Complementario de Ciencias Marinas y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1193/7
• Para solicitar la compensación, el beneficiario deberá dirigir una solicitud a la
persona titular de la Secretaría General competente en materia de Investigación Científica
y Técnica identificando el crédito reconocido a su favor y la subvención pendiente de
justificar.
• Para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda, el
beneficiario dirigirá la solicitud a la persona titular de la Secretaría General competente
en materia de Investigación Científica y Técnica identificando esta debidamente.
Las solicitudes deberán dirigirse a la Secretaría General de Investigación e Innovación
y se presentarán de forma exclusivamente electrónica a través de las siguiente dirección
electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/universidadinvestigacioneinnovacion.html
o alternativamente en cualquiera de las siguientes direcciones electrónicas:
http://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
http://www.sica2.cica.es
Disposición adicional segunda. Delegación de competencias.
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría General competente en materia de
Investigación Científica y Técnica, la competencia para resolver los procedimientos de
concesión y justificación de las subvenciones de esta Orden.
2. Se faculta a la persona titular de la Secretaría General competente en materia de
Investigación Científica y Técnica, para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en
desarrollo, interpretación y aplicación de la presente Orden y sus convocatorias.
3. En relación con los procedimientos de reintegro de las subvenciones previstas en
esta Orden, se delega en la Dirección General competente en materia de Planificación
de la Investigación, la competencia para iniciar e instruir los expedientes, y en la persona
titular de la Secretaría General competente en materia de Investigación Científica y
Técnica, la competencia para su resolución.
4. Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
Planificación de la Investigación, la competencia para iniciar e instruir los procedimientos
sancionadores por la comisión de infracciones administrativas en relación con las
subvenciones previstas en esta Orden, y en la persona titular de la Secretaría General
competente en materia de Investigación Científica y Técnica, la competencia para
resolver los procedimientos sancionadores por las infracciones administrativas cometidas
en relación con las mismas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de enero de 2023
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00276258
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1193/7
• Para solicitar la compensación, el beneficiario deberá dirigir una solicitud a la
persona titular de la Secretaría General competente en materia de Investigación Científica
y Técnica identificando el crédito reconocido a su favor y la subvención pendiente de
justificar.
• Para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda, el
beneficiario dirigirá la solicitud a la persona titular de la Secretaría General competente
en materia de Investigación Científica y Técnica identificando esta debidamente.
Las solicitudes deberán dirigirse a la Secretaría General de Investigación e Innovación
y se presentarán de forma exclusivamente electrónica a través de las siguiente dirección
electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/universidadinvestigacioneinnovacion.html
o alternativamente en cualquiera de las siguientes direcciones electrónicas:
http://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
http://www.sica2.cica.es
Disposición adicional segunda. Delegación de competencias.
1. Se delega en la persona titular de la Secretaría General competente en materia de
Investigación Científica y Técnica, la competencia para resolver los procedimientos de
concesión y justificación de las subvenciones de esta Orden.
2. Se faculta a la persona titular de la Secretaría General competente en materia de
Investigación Científica y Técnica, para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en
desarrollo, interpretación y aplicación de la presente Orden y sus convocatorias.
3. En relación con los procedimientos de reintegro de las subvenciones previstas en
esta Orden, se delega en la Dirección General competente en materia de Planificación
de la Investigación, la competencia para iniciar e instruir los expedientes, y en la persona
titular de la Secretaría General competente en materia de Investigación Científica y
Técnica, la competencia para su resolución.
4. Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
Planificación de la Investigación, la competencia para iniciar e instruir los procedimientos
sancionadores por la comisión de infracciones administrativas en relación con las
subvenciones previstas en esta Orden, y en la persona titular de la Secretaría General
competente en materia de Investigación Científica y Técnica, la competencia para
resolver los procedimientos sancionadores por las infracciones administrativas cometidas
en relación con las mismas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de enero de 2023
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00276258
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja