Disposiciones generales. . (2023/14-2)
Orden de 17 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Plan Complementario de Ciencias Marinas y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2023.
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Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023

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De acuerdo con el artículo 5 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que
se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para
el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el procedimiento de elaboración de las normas que se adopten en el marco
de la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como por cualquier
actividad de la Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos
proyectos, tendrá el carácter de urgente.
En este sentido, el contenido de esta orden fundamenta la tramitación de urgencia y
su aprobación inmediata, para responder con la mayor rapidez posible a las exigencias
que conllevará la ejecución de los proyectos, creando las condiciones oportunas para
gestionar los mismos de una manera ágil, eficaz y eficiente. Por tanto, es necesario
agilizar los trámites para la ejecución de los proyectos de investigación subvencionados,
concurriendo razones de interés público para aplicar al mismo la tramitación de
urgencia, por lo que se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el mencionado
procedimiento, de acuerdo con lo indicado en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El artículo 124.4 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, establece
que en las subvenciones cuya justificación se efectúe con posterioridad al cobro de
la misma, no podrá abonarse a la persona o entidad beneficiaria un importe superior
al 50% de la subvención sin que se justifiquen previamente los pagos anteriores. El
artículo 21.1 de la presente orden contempla este anticipo máximo del 50% del importe
de la subvención.
Las bases reguladoras se adaptan a la regulación sobre protección de datos de
carácter personal, concretamente, a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
Asimismo, teniendo en cuenta que las entidades destinatarias de las subvenciones
son entidades del Sistema Andaluz del Conocimiento, se establece la obligación para las
mismas de relacionarse con la Administración utilizando únicamente medios electrónicos,
conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
quedar acreditado el acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En su procedimiento de aprobación y en su contenido, las presentes bases
reguladoras han tenido en cuenta el cumplimiento de los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 7.2 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa
justificada por la necesidad de establecer las bases reguladoras para la concesión de
las subvenciones para financiar la realización proyectos de I+D+i, en el marco del Plan
Complementario de Ciencias Marinas y del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. De la misma manera, en cumplimiento del principio de proporcionalidad, la
norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, como
es la regulación de este programa, así como el establecimiento de las bases reguladoras.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente
con el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se
ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de
aplicación, así como se ha promovido la participación de los potenciales destinatarios,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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