3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/13-54)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 987/24

TÍTULO PRELIMINAR: Normas generales
Artículo 1. Objeto.
La presente normativa tiene por objeto establecer las normas y procedimientos para el desarrollo y ejecución
del presupuesto de la Universidad de Cádiz.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación.
Las presentes Normas serán de aplicación a toda la estructura organizativa de la Universidad de Cádiz.
Artículo 3. Créditos iniciales.
1. De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por
la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (LOU); en el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas
urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo; en el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de
enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (LAU); en los Estatutos de
la Universidad de Cádiz, aprobado por Decreto 281/2003, de 7 de octubre, modificado por los Decretos 2/2005,
de 11 de enero, 4/2007, de 9 de enero y 233/2011 de 12 de julio (Estatutos UCA), se aprueba el Presupuesto de
la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023, elevándose su estado de ingresos y su estado de gastos a la
cuantía de 190.593.361,00 euros.
2. En el estado de ingresos se incluyen los derechos económicos que se prevén liquidar durante el ejercicio
presupuestario, referidos a los recursos financieros incluidos en la LOU y en los Estatutos de la Universidad de
Cádiz.
3. En el estado de gastos se recogen los créditos para atender el cumplimiento de obligaciones, clasificándose
éstos en gastos corrientes y de capital, conforme a lo establecido en el artículo 81 de la LOU.
4. La clasificación económica del Presupuesto se ajusta a las disposiciones contenidas en la Orden de la
Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de 28 de abril de 2006, por la que se aprueba la
Clasificación económica de ingresos y gastos del Presupuesto de las Universidades Públicas de Andalucía, así
como de sus posibles modificaciones y actualizaciones.
Artículo 4. Normas de ejecución del presupuesto.
1. La gestión, desarrollo y aplicación del Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023 se regirá
por las normas que, con carácter general se establezcan para el sector público y las disposiciones que dicte la
Comunidad Autónoma Andaluza en desarrollo de la LOU, subsidiariamente por la legislación establecida en
esta materia para el sector público y por las presentes Normas, cuya vigencia será la misma que la del
Presupuesto, incluida su posible prórroga legal.
2. Tendrán carácter supletorio el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHPJA), con las necesarias
adaptaciones orgánicas y procedimentales a la estructura universitaria, y lo establecido en la normativa estatal
y autonómica en aquellas cuestiones que le sean de aplicación.
3. En este sentido, serán de obligado cumplimiento las instrucciones y circulares que dicte la Gerente en
desarrollo y aplicación de la normativa aplicable.
Artículo 5. Distribución de competencias.

00276062

1. El Rector ejercerá las funciones presupuestarias que la LOU le atribuye y las contempladas en los Estatutos
de la Universidad de Cádiz.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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