3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-51)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo en la Junta de Andalucía. 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 996/61

DATOS RELATIVOS A LAS CONSULTAS REALIZADAS: ARCHIVO INTERNO
Observación

Nº de
expedientes

Porcentaje

Euros


Porcentaje

No se especifica que se haya consultado el Archivo Interno

57

52%

2.801.651,63

40%

Sí, se especifica que se ha consultado el Archivo Interno

41

37%

4.062.547,17

58%

El expediente físico se encuentra desubicado, o no se encuentra

12

11%

90.114,35

1%

110

100%

6.954.313,15

100%

TOTAL
Fuente: Elaboración propia

Cuadro nº 43

En cuanto al resto de trámites, los resultados del análisis se muestran en el cuadro nº 44.

A.95

INFORMACIÓN SOBRE LAS CONSULTAS REALIZADAS EN LAS RESOLUCIONES DE PRESCRIPCIÓN
Observación

Nº de
resoluciones

Porcentaje
sobre nº

Importe



Porcentaje
sobre
importe

No reflejan consulta a la Secretaría General Técnica

107

97%

6.779.410,52

97%

No reflejan consulta al Archivo de la Junta de Andalucía

110

100%

6.954.313,15

100%

No reflejan consulta a la IGJA

70

64%

1.155.024,73

17%

No reflejan consulta al Gabinete Jurídico

93

85%

6.466.104,65

93%

Fuente: Elaboración propia

Cuadro nº 44

Junto a las referencias a consultas específicas, en 57 resoluciones (por un importe de
6.490.601,53 euros y todas ellas en el ámbito del SAE) se indica que se han realizado
“actuaciones genéricas que constan en el expediente” para sustentar la resolución de
prescripción. Habiéndose solicitado información al SAE para que concretara en qué consistían
estas actuaciones, se ha respondido que estas actuaciones han consistido en:
-

El informe de Gabinete Jurídico general sobre la cuestión.
Solicitud a la IGJA sobre la constancia de actos que hayan podido interrumpir la
prescripción.
Solicitud a archivo del SAE y de la Consejería, según correspondía.

Manifiesta así mismo que en ninguno de los casos ha habido solicitud formal de informe a la
SGT de la Consejería.

00276081

En cualquier caso, las resoluciones de prescripción deben dejar constancia de todos los
trámites realizados con la fecha de su realización para que quede adecuadamente
fundamentada la resolución.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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