3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-51)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo en la Junta de Andalucía. 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 996/5
b) Pagos en firme de justificación diferida: Tendrán este carácter las órdenes de pago en firme
cuyos documentos acreditativos de la realización de la prestación o del derecho de la persona
perceptora se acompañen en el momento de su expedición, cuando la persona acreedora,
conforme a las normas del procedimiento de gasto de aplicación, deba aportar
documentación posterior al reconocimiento de la obligación relativa a la aplicación de los
fondos públicos recibidos a la finalidad para la que fueron concedidos.
5
Desde un punto de vista contable, la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la
contabilidad pública de la Junta de Andalucía establece en su capítulo 4 el seguimiento de
obligaciones con justificación posterior mediante un módulo del sistema contable GIRO (Gestión
Integrada de Recursos Organizativos) que permite el control contable de los documentos con
fase de pago (libramientos) que hayan de ser objeto de alguno de los tipos de justificación
posterior, así como la verificación del cumplimiento de los plazos de justificación.
De esta forma, las obligaciones reconocidas sujetas a justificación posterior se contabilizan a
través del documento contable “OJ”, permaneciendo los libramientos realizados en el sistema
contable como pendientes de justificar hasta que se contabiliza por la IGJA el correspondiente
documento contable “J” de justificación de gastos.
Cabe destacar que este sistema de seguimiento contable es más completo que el que se
establece en la administración del Estado o en las entidades locales, que se limita a los “pagos a
justificar”. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin embargo, el seguimiento se extiende a
los “pagos en firme con justificación diferida”.
6
La Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía incluye un estado demostrativo de
los saldos de LPJFP. De esta forma se rinden cuentas sobre la situación de estos libramientos,
que han sido objeto de atención tanto por los distintos informes de fiscalización de la Cuenta
General aprobados por la Cámara de Cuentas como por resoluciones del Parlamento de
Andalucía. La Cuenta General de 2019 incluye libramientos sin justificar fuera de plazo por
importe de 1.047,16 millones, de los cuales 985,99 corresponden a la Junta de Andalucía y 61,16
a las Agencias
7
En los informes de fiscalización de la Cuenta General de los últimos ejercicios se reitera la
siguiente recomendación2: “Continuar adoptando medidas que permitan la disminución de los
saldos de libramientos pendientes de justificar, principalmente de aquellos que presentan una
antigüedad elevada, tales como propiciar el cumplimiento de la obligación de justificación de los
beneficiarios y agilizar las comprobaciones por los órganos gestores de la documentación
justificativa, procediendo, en su caso, al reintegro de las cantidades no justificadas debidamente,
con la finalidad de minimizar el riesgo de prescripción de los posibles reintegros y de caducidad
de los ya iniciados.”
8
Asimismo, el Parlamento de Andalucía ha aprobado distintas resoluciones derivadas de la
tramitación de estos informes de fiscalización, en las que se insta al Consejo de Gobierno a
agilizar las comprobaciones realizadas por los órganos gestores, exigiendo la inmediata
justificación o reintegro de las cantidades pagadas y no justificadas debidamente.
Informes JA 01/2019 y JA 01/2020 (www.ccuentas.es)
00276081
2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 996/5
b) Pagos en firme de justificación diferida: Tendrán este carácter las órdenes de pago en firme
cuyos documentos acreditativos de la realización de la prestación o del derecho de la persona
perceptora se acompañen en el momento de su expedición, cuando la persona acreedora,
conforme a las normas del procedimiento de gasto de aplicación, deba aportar
documentación posterior al reconocimiento de la obligación relativa a la aplicación de los
fondos públicos recibidos a la finalidad para la que fueron concedidos.
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Desde un punto de vista contable, la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la
contabilidad pública de la Junta de Andalucía establece en su capítulo 4 el seguimiento de
obligaciones con justificación posterior mediante un módulo del sistema contable GIRO (Gestión
Integrada de Recursos Organizativos) que permite el control contable de los documentos con
fase de pago (libramientos) que hayan de ser objeto de alguno de los tipos de justificación
posterior, así como la verificación del cumplimiento de los plazos de justificación.
De esta forma, las obligaciones reconocidas sujetas a justificación posterior se contabilizan a
través del documento contable “OJ”, permaneciendo los libramientos realizados en el sistema
contable como pendientes de justificar hasta que se contabiliza por la IGJA el correspondiente
documento contable “J” de justificación de gastos.
Cabe destacar que este sistema de seguimiento contable es más completo que el que se
establece en la administración del Estado o en las entidades locales, que se limita a los “pagos a
justificar”. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin embargo, el seguimiento se extiende a
los “pagos en firme con justificación diferida”.
6
La Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía incluye un estado demostrativo de
los saldos de LPJFP. De esta forma se rinden cuentas sobre la situación de estos libramientos,
que han sido objeto de atención tanto por los distintos informes de fiscalización de la Cuenta
General aprobados por la Cámara de Cuentas como por resoluciones del Parlamento de
Andalucía. La Cuenta General de 2019 incluye libramientos sin justificar fuera de plazo por
importe de 1.047,16 millones, de los cuales 985,99 corresponden a la Junta de Andalucía y 61,16
a las Agencias
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En los informes de fiscalización de la Cuenta General de los últimos ejercicios se reitera la
siguiente recomendación2: “Continuar adoptando medidas que permitan la disminución de los
saldos de libramientos pendientes de justificar, principalmente de aquellos que presentan una
antigüedad elevada, tales como propiciar el cumplimiento de la obligación de justificación de los
beneficiarios y agilizar las comprobaciones por los órganos gestores de la documentación
justificativa, procediendo, en su caso, al reintegro de las cantidades no justificadas debidamente,
con la finalidad de minimizar el riesgo de prescripción de los posibles reintegros y de caducidad
de los ya iniciados.”
8
Asimismo, el Parlamento de Andalucía ha aprobado distintas resoluciones derivadas de la
tramitación de estos informes de fiscalización, en las que se insta al Consejo de Gobierno a
agilizar las comprobaciones realizadas por los órganos gestores, exigiendo la inmediata
justificación o reintegro de las cantidades pagadas y no justificadas debidamente.
Informes JA 01/2019 y JA 01/2020 (www.ccuentas.es)
00276081
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja