Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2023/13-15)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan, para el año 2023, las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años y se establecen determinados aspectos de su organización, en virtud de lo establecido en la Orden de 16 de septiembre de 2019 que las regula y por la que se determina proceso específico de obtención de clave iANDE dirigido a las personas interesadas en la inscripción de las pruebas extraordinarias de obtención de título.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 852/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en su redacción dada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en el artículo 66.1 establece que la educación de
personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todas las personas mayores de dieciocho
años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos
y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Por su parte, el artículo 68.2
determina que corresponde a las administraciones educativas organizar periódicamente
pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente
el título de graduado o graduada en Educación Secundaria Obligatoria.
Así, el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la
ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, en su
disposición adicional tercera, referido a la Educación de Personas Adultas, establece
que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán
periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan
obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre
que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Así mismo,
las administraciones educativas deberán garantizar que dichas pruebas cuenten con las
medidas de accesibilidad universal y las adaptaciones que precise todo el alumnado con
necesidades educativas especiales.
Por otro lado, la disposición transitoria primera del citado real decreto establece que:
1. Durante el curso escolar 2022-2023, en los cursos segundos y cuarto de Educación
Secundaria Obligatoria, las enseñanzas mínimas se regirán por lo establecido en el Real
Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la
Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. En todo caso, se tendrá en cuenta
que los estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos de dicho real
decreto tienen carácter meramente orientativo.
2. Asimismo, las pruebas que hasta el final del curso 2023-2024 realicen las
administraciones educativas para la obtención directa del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria se organizarán basándose en la configuración
curricular desarrollada a partir del citado real decreto.
En Andalucía, el Decreto 111/2016, de 14 de junio, modificado por Decreto 182/2020,
de 10 de noviembre, estableció la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria
Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con el citado
Real Decreto 1105/2014 y en desarrollo del citado decreto se aprobó la Orden de 28 de
diciembre de 2017, por la que se establece la ordenación y el currículo de la Educación
Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275902
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan,
para el año 2023, las pruebas para la obtención del Título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años
y se establecen determinados aspectos de su organización, en virtud de lo
establecido en la Orden de 16 de septiembre de 2019 que las regula y por la
que se determina proceso específico de obtención de clave iANDE dirigido a
las personas interesadas en la inscripción de las pruebas extraordinarias de
obtención de título.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 852/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en su redacción dada por la Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en el artículo 66.1 establece que la educación de
personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todas las personas mayores de dieciocho
años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos
y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Por su parte, el artículo 68.2
determina que corresponde a las administraciones educativas organizar periódicamente
pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente
el título de graduado o graduada en Educación Secundaria Obligatoria.
Así, el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la
ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, en su
disposición adicional tercera, referido a la Educación de Personas Adultas, establece
que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán
periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan
obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre
que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Así mismo,
las administraciones educativas deberán garantizar que dichas pruebas cuenten con las
medidas de accesibilidad universal y las adaptaciones que precise todo el alumnado con
necesidades educativas especiales.
Por otro lado, la disposición transitoria primera del citado real decreto establece que:
1. Durante el curso escolar 2022-2023, en los cursos segundos y cuarto de Educación
Secundaria Obligatoria, las enseñanzas mínimas se regirán por lo establecido en el Real
Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la
Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. En todo caso, se tendrá en cuenta
que los estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos de dicho real
decreto tienen carácter meramente orientativo.
2. Asimismo, las pruebas que hasta el final del curso 2023-2024 realicen las
administraciones educativas para la obtención directa del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria se organizarán basándose en la configuración
curricular desarrollada a partir del citado real decreto.
En Andalucía, el Decreto 111/2016, de 14 de junio, modificado por Decreto 182/2020,
de 10 de noviembre, estableció la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria
Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con el citado
Real Decreto 1105/2014 y en desarrollo del citado decreto se aprobó la Orden de 28 de
diciembre de 2017, por la que se establece la ordenación y el currículo de la Educación
Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275902
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan,
para el año 2023, las pruebas para la obtención del Título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años
y se establecen determinados aspectos de su organización, en virtud de lo
establecido en la Orden de 16 de septiembre de 2019 que las regula y por la
que se determina proceso específico de obtención de clave iANDE dirigido a
las personas interesadas en la inscripción de las pruebas extraordinarias de
obtención de título.