3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2023/13-38)
Orden de 19 de diciembre de 2022, por la que se acuerda la extinción de la autorización por cese de actividades al centro de educación infantil «Mi Cole» de Málaga. (PP. 7/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 77/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 19 de diciembre de 2022, por la que se acuerda la extinción de la
autorización por cese de actividades al centro de educación infantil «Mi Cole»
de Málaga. (PP. 7/2023).
Examinado el expediente incoado a instancia de doña Lidia del Pilar Palacios Macías,
como persona titular del centro de educación infantil «Mi Cole» de Málaga, en solicitud de
extinción de la autorización por cese de actividades docentes del mismo.
Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 3
unidades de educación infantil de primer ciclo con 40 puestos escolares, por Orden de 16
de abril de 2012 (BOJA de 17 de mayo).
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación de Málaga.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de
mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación
infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones
de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de
20 de junio) que regula, asimismo, el procedimiento de extinción de la autorización de los
centros docentes privados, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos
exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Acordar la extinción de la autorización por cese de actividades al centro de
educación infantil «Mi Cole», con código 29018431 y domicilio en C/ Ruiz Borrego, 3, de
Málaga, quedando sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal del
mismo, siendo necesario para el caso de que se instase su reapertura, dar cumplimiento
a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de
centros docentes privados.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante lal Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275284
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 26.4 del Decreto 109/1992,
de 9 de junio, la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio
del curso 2022/2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 77/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 19 de diciembre de 2022, por la que se acuerda la extinción de la
autorización por cese de actividades al centro de educación infantil «Mi Cole»
de Málaga. (PP. 7/2023).
Examinado el expediente incoado a instancia de doña Lidia del Pilar Palacios Macías,
como persona titular del centro de educación infantil «Mi Cole» de Málaga, en solicitud de
extinción de la autorización por cese de actividades docentes del mismo.
Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 3
unidades de educación infantil de primer ciclo con 40 puestos escolares, por Orden de 16
de abril de 2012 (BOJA de 17 de mayo).
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación de Málaga.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de
mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación
infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones
de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de
20 de junio) que regula, asimismo, el procedimiento de extinción de la autorización de los
centros docentes privados, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos
exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Acordar la extinción de la autorización por cese de actividades al centro de
educación infantil «Mi Cole», con código 29018431 y domicilio en C/ Ruiz Borrego, 3, de
Málaga, quedando sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal del
mismo, siendo necesario para el caso de que se instase su reapertura, dar cumplimiento
a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de
centros docentes privados.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante lal Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275284
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 26.4 del Decreto 109/1992,
de 9 de junio, la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio
del curso 2022/2023.