Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2023/13-1)
Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

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2. No se podrá obtener la condición de persona o entidad beneficiaria cuando
concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la
posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación,
cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones
ilegales o delitos urbanísticos.
b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarada
insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarada en concurso salvo que en
este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujeta a intervención judicial o haber
sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de
inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la
resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) Estar incursa la persona física, las personas administradoras de las sociedades
mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en
alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del
alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, de la
Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de
la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones
de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos
regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los
términos establecidos en la misma o en la normativa andaluza que regule estas materias.
e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a
la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como
paraíso fiscal.
g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Se considerará que se encuentra al corriente cuando las deudas estén aplazadas,
fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la
correspondiente resolución de reintegro.
h) Haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad
de obtener subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, u otras leyes que
así lo establezcan.
i) Tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
j) Haber sido condenada por sentencia firme, dentro del plazo previsto en el
artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, por alentar o tolerar prácticas
laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente. Asimismo, haber sido
objeto, mediante resolución administrativa firme, de las sanciones accesorias previstas
en la letra a) de los apartados 2 y 3 del artículo 80 de la citada ley.
k) En el supuesto de asociaciones, estar incursa en alguna de las prohibiciones
mencionadas en el artículo 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
l) Estar en crisis de acuerdo con la definición de «empresa en crisis» que se establece
en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 17 de junio de 2014.
Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas
de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda
presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión,
de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas.
3. Las personas o entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de
medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía para la realización
de cualquier trámite relativo al procedimiento de concesión y a la gestión de estas
subvenciones, incluido el procedimiento de reintegro, si se llegara a tramitar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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