Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2023/13-1)
Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 811/6
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto 282/2010, de 4 de mayo,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda
ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU) en el
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Disposición adicional. Convocatoria.
Las ayudas previstas en la presente orden serán convocadas mediante Resolución
de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, de
conformidad con el artículo 115.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de
Andalucía a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la correcta aplicación e
interpretación de la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de enero de 2023
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
Artículo 1. Objeto de las subvenciones y conceptos subvencionables.
1. Constituye el objeto de las subvenciones que se establecen proporcionar
conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios
a velocidades de 1 Gbps, en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en
otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de
empresas y parques tecnológicos o científicos ubicados en las zonas blancas y grises
NGA de la Comunidad Autónoma de Andalucía que sean incluidas en cada convocatoria
publicada a raíz de las presentes bases reguladoras. Dicho objeto se corresponde con
la línea de actuación 1 del artículo 12.1 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre,
por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de
la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275853
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A PROPORCIONAR
CONECTIVIDAD DE REDES DE BANDA ANCHA DE MUY ALTA VELOCIDAD
EN ZONAS INDUSTRIALES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 811/6
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el
Decreto 282/2010, de 4 de mayo,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda
ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU) en el
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Disposición adicional. Convocatoria.
Las ayudas previstas en la presente orden serán convocadas mediante Resolución
de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, de
conformidad con el artículo 115.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de
Andalucía a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la correcta aplicación e
interpretación de la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de enero de 2023
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
Artículo 1. Objeto de las subvenciones y conceptos subvencionables.
1. Constituye el objeto de las subvenciones que se establecen proporcionar
conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios
a velocidades de 1 Gbps, en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en
otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de
empresas y parques tecnológicos o científicos ubicados en las zonas blancas y grises
NGA de la Comunidad Autónoma de Andalucía que sean incluidas en cada convocatoria
publicada a raíz de las presentes bases reguladoras. Dicho objeto se corresponde con
la línea de actuación 1 del artículo 12.1 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre,
por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de
la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275853
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A PROPORCIONAR
CONECTIVIDAD DE REDES DE BANDA ANCHA DE MUY ALTA VELOCIDAD
EN ZONAS INDUSTRIALES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA