Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2023/13-1)
Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 811/32
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR,
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
A NE XO
ANEXO II y III
CONDICIONES ESPECÍFICAS EN RELACIÓN CON EL PRINCIPIO DE NO
CAUSAR DAÑO SIGNIFICATIVO (DNSH)
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
Hoja 35 de 36
ADMINISTRATIVA.
Entre las obligaciones para cumplir con lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
ORGANISMO: AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA.
Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
Condiciones
específicas enyrelación
con el principio
de no causar
significativo
de ANEXO:
Recuperación
y Resiliencia,
su normativa
de desarrollo,
se daño
encuentra
la de(DNSH)
respetar
el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
Entre las obligaciones para cumplir con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Por ello, el beneficiario de la ayuda debe prever los mecanismos que aseguren el
(PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
cumplimiento
en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto de las condiciones
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, se encuentra la de respetar
específicas
que
enumeran
a continuación
a cada
uno DNSH
de los
objetivos
el llamado principio dese
no causar
un perjuicio
significativo alasociadas
medioambiente
(principio
por sus
siglas en
medioambientales
recogidos
en
el
artículo
17
del
Reglamento
2020/852
del
Parlamento
inglés, “Do No Significant Harm”).
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para
Porfacilitar
ello, el beneficiario
de la ayuda
debe prever
losel
mecanismos
que aseguren
el cumplimiento
todas las fases
las inversiones
sostenibles
y por
que se modifica
el Reglamento
(UE)en2019/2088:
del diseño y ejecución del proyecto de las condiciones específicas que se enumeran a continuación asociadas a
cada uno de los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088:
Objetivo medioambiental
Condición específica
Mitigación del cambio climático.
¿Se espera que la medida genere emisiones
importantes de gases de efecto invernadero?
- Los fabricantes de los equipos y componentes utilizados, el
operador de la red y/o el proveedor de los servicios de red se
han adherido al Código de conducta europeo sobre consumo
energético de equipos de banda ancha 1.
- O el beneficiario demuestra que realiza los mayores esfuerzos
para implementar prácticas relevantes sobre eficiencia
energética en los equipos e instalaciones.
Adaptación al cambio climático.
¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento
de los efectos adversos de las condiciones
climáticas actuales y de las previstas en el futuro,
sobre sí misma o en las personas, la naturaleza o
los activos?
- En el momento del diseño y la construcción de las
instalaciones de infraestructuras de despliegue de banda ancha
ultrarrápida, el beneficiario incorporará las soluciones de
adaptación que reduzcan el riesgo climático de ola de calor y las
aplicará antes del inicio de las operaciones.
El uso sostenible y la protección de los recursos
hídricos y marinos
¿Se espera que la medida sea perjudicial: (i) del
- En el proyecto no se incluirán actuaciones de infraestructuras
buen estado o al buen potencial ecológico de las
que puedan alterar la hidrología.
masas de agua, incluidas las aguas superficiales
y subterráneas; o (ii) para el buen estado
medioambiental de las aguas marinas?
Transición a una economía circular, incluidos la
prevención y el reciclaje de residuos.
¿Se espera que la medida (i) dé lugar a un
aumento significativo de la generación,
incineración o eliminación de residuos, excepto
la incineración de residuos peligrosos no
La versión más reciente está disponible en https://e3p.jrc.ec.europa.eu/publications/eu-code-conductenergy-consumption-broadband-equipment-version-71
00275853
1
- Los equipos no contendrán las sustancias restringidas
enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto
cuando los valores de concentración en peso en materiales
homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
- Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación
para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 811/32
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR,
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
A NE XO
ANEXO II y III
CONDICIONES ESPECÍFICAS EN RELACIÓN CON EL PRINCIPIO DE NO
CAUSAR DAÑO SIGNIFICATIVO (DNSH)
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
Hoja 35 de 36
ADMINISTRATIVA.
Entre las obligaciones para cumplir con lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
ORGANISMO: AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA.
Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
Condiciones
específicas enyrelación
con el principio
de no causar
significativo
de ANEXO:
Recuperación
y Resiliencia,
su normativa
de desarrollo,
se daño
encuentra
la de(DNSH)
respetar
el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
Entre las obligaciones para cumplir con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Por ello, el beneficiario de la ayuda debe prever los mecanismos que aseguren el
(PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
cumplimiento
en todas las fases del diseño y ejecución del proyecto de las condiciones
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, se encuentra la de respetar
específicas
que
enumeran
a continuación
a cada
uno DNSH
de los
objetivos
el llamado principio dese
no causar
un perjuicio
significativo alasociadas
medioambiente
(principio
por sus
siglas en
medioambientales
recogidos
en
el
artículo
17
del
Reglamento
2020/852
del
Parlamento
inglés, “Do No Significant Harm”).
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para
Porfacilitar
ello, el beneficiario
de la ayuda
debe prever
losel
mecanismos
que aseguren
el cumplimiento
todas las fases
las inversiones
sostenibles
y por
que se modifica
el Reglamento
(UE)en2019/2088:
del diseño y ejecución del proyecto de las condiciones específicas que se enumeran a continuación asociadas a
cada uno de los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088:
Objetivo medioambiental
Condición específica
Mitigación del cambio climático.
¿Se espera que la medida genere emisiones
importantes de gases de efecto invernadero?
- Los fabricantes de los equipos y componentes utilizados, el
operador de la red y/o el proveedor de los servicios de red se
han adherido al Código de conducta europeo sobre consumo
energético de equipos de banda ancha 1.
- O el beneficiario demuestra que realiza los mayores esfuerzos
para implementar prácticas relevantes sobre eficiencia
energética en los equipos e instalaciones.
Adaptación al cambio climático.
¿Se espera que la medida dé lugar a un aumento
de los efectos adversos de las condiciones
climáticas actuales y de las previstas en el futuro,
sobre sí misma o en las personas, la naturaleza o
los activos?
- En el momento del diseño y la construcción de las
instalaciones de infraestructuras de despliegue de banda ancha
ultrarrápida, el beneficiario incorporará las soluciones de
adaptación que reduzcan el riesgo climático de ola de calor y las
aplicará antes del inicio de las operaciones.
El uso sostenible y la protección de los recursos
hídricos y marinos
¿Se espera que la medida sea perjudicial: (i) del
- En el proyecto no se incluirán actuaciones de infraestructuras
buen estado o al buen potencial ecológico de las
que puedan alterar la hidrología.
masas de agua, incluidas las aguas superficiales
y subterráneas; o (ii) para el buen estado
medioambiental de las aguas marinas?
Transición a una economía circular, incluidos la
prevención y el reciclaje de residuos.
¿Se espera que la medida (i) dé lugar a un
aumento significativo de la generación,
incineración o eliminación de residuos, excepto
la incineración de residuos peligrosos no
La versión más reciente está disponible en https://e3p.jrc.ec.europa.eu/publications/eu-code-conductenergy-consumption-broadband-equipment-version-71
00275853
1
- Los equipos no contendrán las sustancias restringidas
enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto
cuando los valores de concentración en peso en materiales
homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.
- Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación
para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja