Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2023/13-1)
Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 811/19
Artículo 15. Órganos competentes.
1. La persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía
será el órgano competente para el inicio y resolución del procedimiento de concesión de
las presentes subvenciones. El órgano competente para la ordenación e instrucción del
procedimiento será la persona titular de la Dirección General de Estrategia Digital.
2. La evaluación de las solicitudes, se llevará a cabo por un órgano colegiado,
denominado Comisión de evaluación, con la siguiente composición, que tendrá en cuenta
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los términos previstos en los artículos 3
y 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, y en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre:
- Presidencia: persona titular de la Subdirección de Operaciones y Telecomunicaciones
de la Dirección General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía.
- Vocalías:
•
Una persona con formación y experiencia en materia de telecomunicaciones
perteneciente al Servicio de Planificación Tecnológica.
• Dos personas de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.
(Sandetel), tituladas universitarias con formación y experiencia en materia de
telecomunicaciones.
- Secretaría: persona titular de la Jefatura del Servicio de Planificación Tecnológica.
En caso de requerir sustitución, ejercerá la Secretaría otra persona del Servicio de
Planificación Tecnológica.
Entre las personas integrantes del órgano colegiado habrá al menos una con
formación en materia de igualdad de género o, en su defecto, se solicitará asesoría
específica a la correspondiente Unidad de Igualdad de Género.
La Comisión de evaluación regirá su funcionamiento por lo dispuesto en la Sección 3.ª
del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
La Comisión de evaluación se encuentra adscrita administrativamente a la Dirección
General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía. La designación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275853
b) Estar en posesión de un certificado vigente correspondiente a la norma ISO 14001
relativo a la implantación de un sistema de gestión medioambiental, siendo admisibles
cualesquiera otros de carácter análogo o equivalente. Se considerarán análogas o
equivalentes aquellas acreditaciones que tengan por objetivo proporcionar un marco de
protección para el medio ambiente en el ámbito de la empresa solicitante (4 puntos).
c) Disponer y conservar en el momento de presentar la solicitud de una certificación o
acreditación que reconozca el compromiso de las empresas con la igualdad. A tal efecto
se admitirán aquellos distintivos empresariales en materia de igualdad otorgados por las
Administraciones Públicas o por entidades privadas, como el distintivo «Igualdad en la
Empresa» regulado en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula
la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», siendo admisibles
cualesquiera otros de carácter análogo o equivalente. Se considerarán análogas o
equivalentes aquellas acreditaciones que desarrollen políticas de Igualdad entre mujeres
y hombres en el ámbito laboral (4 puntos).
2. En el supuesto que se produjera igualdad en la puntuación de la baremación, se
priorizará la solicitud con mayor puntuación en los criterios individuales según el siguiente
orden establecido:
a) Índice de eficiencia de la ayuda.
b) Certificado norma ISO 14001.
c) Certificado o acreditación que reconozca el compromiso de la empresa con la
igualdad.
Si aún así persiste el empate, se priorizarán la solicitudes por orden de presentación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 811/19
Artículo 15. Órganos competentes.
1. La persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía
será el órgano competente para el inicio y resolución del procedimiento de concesión de
las presentes subvenciones. El órgano competente para la ordenación e instrucción del
procedimiento será la persona titular de la Dirección General de Estrategia Digital.
2. La evaluación de las solicitudes, se llevará a cabo por un órgano colegiado,
denominado Comisión de evaluación, con la siguiente composición, que tendrá en cuenta
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los términos previstos en los artículos 3
y 11 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, y en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre:
- Presidencia: persona titular de la Subdirección de Operaciones y Telecomunicaciones
de la Dirección General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía.
- Vocalías:
•
Una persona con formación y experiencia en materia de telecomunicaciones
perteneciente al Servicio de Planificación Tecnológica.
• Dos personas de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.
(Sandetel), tituladas universitarias con formación y experiencia en materia de
telecomunicaciones.
- Secretaría: persona titular de la Jefatura del Servicio de Planificación Tecnológica.
En caso de requerir sustitución, ejercerá la Secretaría otra persona del Servicio de
Planificación Tecnológica.
Entre las personas integrantes del órgano colegiado habrá al menos una con
formación en materia de igualdad de género o, en su defecto, se solicitará asesoría
específica a la correspondiente Unidad de Igualdad de Género.
La Comisión de evaluación regirá su funcionamiento por lo dispuesto en la Sección 3.ª
del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público y en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
La Comisión de evaluación se encuentra adscrita administrativamente a la Dirección
General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía. La designación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275853
b) Estar en posesión de un certificado vigente correspondiente a la norma ISO 14001
relativo a la implantación de un sistema de gestión medioambiental, siendo admisibles
cualesquiera otros de carácter análogo o equivalente. Se considerarán análogas o
equivalentes aquellas acreditaciones que tengan por objetivo proporcionar un marco de
protección para el medio ambiente en el ámbito de la empresa solicitante (4 puntos).
c) Disponer y conservar en el momento de presentar la solicitud de una certificación o
acreditación que reconozca el compromiso de las empresas con la igualdad. A tal efecto
se admitirán aquellos distintivos empresariales en materia de igualdad otorgados por las
Administraciones Públicas o por entidades privadas, como el distintivo «Igualdad en la
Empresa» regulado en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula
la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», siendo admisibles
cualesquiera otros de carácter análogo o equivalente. Se considerarán análogas o
equivalentes aquellas acreditaciones que desarrollen políticas de Igualdad entre mujeres
y hombres en el ámbito laboral (4 puntos).
2. En el supuesto que se produjera igualdad en la puntuación de la baremación, se
priorizará la solicitud con mayor puntuación en los criterios individuales según el siguiente
orden establecido:
a) Índice de eficiencia de la ayuda.
b) Certificado norma ISO 14001.
c) Certificado o acreditación que reconozca el compromiso de la empresa con la
igualdad.
Si aún así persiste el empate, se priorizarán la solicitudes por orden de presentación.