5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/13-118)
Anuncio de 16 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Fuente Palmera, por el que se publica el Decreto de Alcaldía de aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad varias plazas de personal funcionario y laboral, en el marco del procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso. (PP. 3878/2022).
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 21032/4

Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el
plazo de quince días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos,
con expresión de las causas de exclusión. El anuncio de dicha resolución se publicará en
el Boletín Oficial de la Provincia, y será en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento donde se publique la lista completa. En dicha resolución se señalará
un plazo de diez días hábiles, para subsanación desde la publicación en el tablón de
anuncios de dicha sede electrónica. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen las causas de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos
de la participación en el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274511

• Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución
judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar
igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso a la función pública. El/la aspirante aportará el modelo Anexo III de Declaración
Responsable adjunto en estas bases.
Todos los documentos a los que se hace referencia en esta base deben unirse y
entregarse con la solicitud de participación.
El hecho de presentar la solicitud implicará que el aspirante reúne los requisitos
exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web y Tablón de Anuncios
de este Ayuntamiento, y en el Boletín Oficial de la Provincia.
El abono de los derechos de participación en este proceso selectivo deberá hacerse
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la
exclusión del aspirante.
La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes es
insubsanable posteriormente; solo será subsanable la falta del resguardo de pago,
siempre que el pago se hubiera hecho en el plazo de presentación de instancias.
No procederá la devolución del importe satisfecho en concepto de participación en
procesos de selección de personal en los supuestos de exclusión por causas imputables
al interesado.
En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de participación en el proceso
selectivo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la
solicitud de participación en el proceso selectivo.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de
este Ayuntamiento (disponible al día de la fecha en la siguiente dirección,
la cual se omite en las referencias que se realicen en lo sucesivo:
https://www.fuentepalmera.es/ftepalm/tablon-de-edictos).
4.2. Los aspirantes podrán subsanar la omisión en su solicitud de los requisitos
recogdos en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas o mediante las formas previstas
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los méritos no alegados dentro del plazo de presentación de solicitudes no serán
tenidos en cuenta.
4.3. A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales
y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto
de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso
selectivo.