Autoridades y personal. Universidades. (2023/11-31)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de Catedrático de Universidad por el sistema de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023

página 506/5

Sexta. Comisiones evaluadoras de acceso.
La composición de las Comisiones encargadas de resolver los concursos de acceso
es la que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha
realizado este Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo
6 de Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de la
Universidad de Córdoba. Los currículos de los miembros de las citadas Comisiones se
encuentran publicados en la página web de la Universidad de Córdoba, en el Portal del
Personal/Convocatorias de Empleo PDI (Personal docente funcionario).
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurra
causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este caso, la
apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros de la
Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada de alguno de
los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros
de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la ley citada. Una vez
resuelto el escrito de renuncia, abstención o recusación que pudiera haberse presentado,
los miembros afectados serán sustituidos por sus respectivos suplentes. En el supuesto
excepcional de que también en el miembro suplente de que se trate concurriese alguna de
las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, su sustitución se hará por orden
correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes. Si tampoco fuera posible esta
sustitución, el Rectorado de la Universidad de Córdoba procederá al nombramiento de
nuevo titular y suplente conforme al procedimiento establecido en los Estatutos al objeto
de cubrir la vacante producida. Dentro del plazo máximo de dos meses, computado a partir
del día siguiente a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al
concurso, deberá constituirse la Comisión. Para ello, el Presidente titular, previa consulta
a los restantes miembros de la misma, dictará una Resolución convocando a todos los
miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios, para proceder
al acto formal de constitución de la misma, fijando fecha, hora y lugar a tales efectos.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar resolución, que deberá ser notificada con
al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos admitidos
al concurso para el acto de presentación fijando fecha, hora y lugar de celebración del
mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados deberá quedar
constancia debidamente acreditada.
Los miembros Titulares que no concurrieran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidos por sus respectivos suplentes.
Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será
sustituido por el Catedrático de Universidad más antiguo.
En el caso de ausencia del Secretario, éste será sustituido por el Catedrático de
Universidad más moderno.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al
menos, tres de sus miembros.
Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes en la comparecencia
correspondiente a algunos de los candidatos cesarán en su calidad de miembros de la
misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Docentes Universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes
en la Universidad de Córdoba, y por las bases de la presente convocatoria.
No obstante, en el caso de considerar necesaria la celebración de forma presencial, podrá
realizarse siempre que los espacios sean ocupados manteniendo la distancia de seguridad
establecida por las autoridades sanitarias (1,5 m) y/o las medidas de higiene adecuadas para
prevenir los riesgos de contagio, así como cualquier otra medida de prevención contemplada
en las órdenes que se dicten por la autoridad competente. Será responsabilidad de la persona
convocante el que se cumpla el conjunto de medidas sanitarias establecidas.