Autoridades y personal. Universidades. (2023/11-30)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Profesorado Contratado Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023

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plazos se excluirá el mes de agosto y los períodos declarados inhábiles en la Universidad
de Almería, durante los cuales no tendrán lugar actuaciones de las Comisiones de
selección.
8.4 En el caso de candidatos en situación de disfrute de licencia por maternidad o
paternidad, podrá suspenderse el plazo de duración del concurso señalado en el punto
anterior, a petición del interesado, en tanto se mantenga la situación de licencia señalada.

10. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
10.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos
que la Universidad de Almería, sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta,
Ctra. Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano, C.P. 04120 Almería, es la responsable
del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos,
en la siguiente dirección electrónica: dpo@ual.es.
10.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la
presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Almería no
cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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9. Reclamaciones, propuesta de provisión de plazas y nombramientos.
9.1. Los interesados, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente
a la publicación de la propuesta de provisión, podrán presentar reclamación con cuantas
alegaciones estimen conveniente, debiendo resolver la Comisión dichas reclamaciones
en los 10 días hábiles siguientes a la finalización del referido plazo de alegaciones.
9.2. Contra la resolución de la reclamación anterior, podrá interponerse un recurso
de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante el
Rectorado de la Universidad de Almería, que resolverá una vez recabada la información
necesaria. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin
que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía
procedente.
9.3. Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido
al efecto sin que se hayan producido, la Comisión de Selección elevará la propuesta
motivada de provisión definitiva al Rector, que dictará resolución aprobando, en su caso,
dichas propuestas y adjudicando los contratos que correspondan, adjudicación que la
Universidad de Almería hará pública.
9.4. El candidato objeto del nombramiento deberá formalizar el contrato y presentar
la documentación requerida necesaria, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir
de la publicación de la resolución de adjudicación de la plaza correspondiente. En el
supuesto de que en el plazo señalado los aspirantes propuestos para su contratación no
presentaran la documentación o no formalizaran el contrato, se entenderá que renuncian
a la firma del mismo.
9.5. La interposición del recurso de alzada al que se refiere el punto 2, no tendrá
efectos suspensivos en la propuesta de nombramiento o formalización del contrato, salvo
que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera
causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la
impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A tal fin se
formalizará el contrato laboral con la persona propuesta, sin perjuicio de que la eventual
estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevará consigo
la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición
resolutoria de la misma.