3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2023/11-40)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se aprueban subvenciones para el fomento de la participación de Confederaciones y Federaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado en Andalucía para el curso 2022/2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023

página 538/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se aprueban
subvenciones para el fomento de la participación de Confederaciones y
Federaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado en Andalucía
para el curso 2022/2023.
La Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de
17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y
otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación,
mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.
La Resolución de 3 de junio de 2022 (BOJA núm. 113, de 15 de junio), de la
Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar,
efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas,
asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas
en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y
absentismo escolar en Andalucía para el curso 2022/2023.
Atendiendo a la propuesta de la Comisión de Evaluación y teniendo en cuenta la
disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio económico, esta Dirección
General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por delegación
de la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en virtud
del artículo 15 de la citada Orden de 15 de abril de 2011,
RESU ELV E
Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas
económicas cuyos importes, asimismo, se indican.

Tercero. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.1 de la Orden de 15
de abril de 2011, se procederá a efectuar el pago, tal como recoge el apartado 24 del
Cuadro Resumen de «Fomento de la participación para Confederaciones y Federaciones
de madres y padres del alumnado en Andalucía», en un primer pago en firme, con
justificación diferida por un porcentaje no superior al 50%, tras la firma de la Resolución
definitiva de concesión, y un segundo pago-liquidación una vez efectuada la justificación
de la cantidad total presupuestada y mediante transferencias bancarias a la cuenta
corriente que haya señalado la entidad beneficiaria. La titularidad de dicha cuenta debe
obrar a nombre de la entidad solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275615

Segundo. 1. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la partida
presupuestaria 1200010900/G/42F/48600/00 01 del presupuesto de gastos de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Cuantía total máxima
destinada 735.388,00 €.
2. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá el
curso académico 2022/2023 y, por tanto, se computará según el calendario escolar
correspondiente, a partir del día 1 de septiembre de 2022.