3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/10-30)
Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Córdoba, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Trabajo Social de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023

página 486/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el cambio de
denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes
Sociales de Córdoba, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Trabajo Social
de Córdoba.
Vista la solicitud presentada por el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y
Asistentes Sociales de Córdoba ante la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, resultan los siguientes
HECHOS
Primero. Con fecha 11 de julio de 2022, doña María Angustias Varo Benavides, en su
calidad de Presidenta del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes
Sociales de Córdoba, solicita la modificación de la denominación del referido Colegio a
fin de que pase a denominarse Colegio Profesional de Trabajo Social de Córdoba.
Segundo. A la citada solicitud se acompaña certificado del Consejo Andaluz de
Colegios Profesionales/Oficiales de Trabajo Social, en el que se hace constar su
aprobación por unanimidad respecto al cambio de denominación del Colegio Oficial de
Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Córdoba.
Tercero. Con fecha 20 de septiembre de 2022, por parte de la Dirección General
de Justicia Juvenil y Cooperación, se remite copia del expediente a los colegios
profesionales afectados, en concreto, a los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo
Social y Asistentes Sociales de Almería, Cádiz, Huelva, Jaén y Málaga y a los Colegios
Oficiales de Trabajo Social de Granada y Sevilla, habiendo obtenido respuesta de los
Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Almería,
Jaén y Málaga, en todos los casos, favorables al cambio de denominación.
Cuarto. Con fecha 14 de noviembre de 2022, por parte de la Dirección General de
Justicia Juvenil y Cooperación se comunica al Colegio solicitante que la denominación
propuesta está justificada y responde a las titulaciones académicas oficiales existentes, si
bien se estima que la nueva denominación debería ser la de «Colegio Oficial» en lugar de
«Colegio Profesional», sin que se hayan recibido observaciones a la citada comunicación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Los colegios profesionales se rigen en Andalucía por la Ley 10/2003, de 6
de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía y el Reglamento de
Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275556

Primero. El artículo 79.3.b) del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que
corresponde a la Comunidad Autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18ª de
la Constitución Española, la competencia exclusiva sobre los colegios profesionales y
el ejercicio de las profesiones tituladas de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución
Española y con la legislación básica del Estado, que en esta materia se encuentra
recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.