3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/10-33)
Acuerdo de 9 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se constituye la Mesa de Contratación Permanente de la Cámara de Cuentas de Andalucía y se designan a sus miembros.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023
página 697/1
3. Otras disposiciones
CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
Acuerdo de 9 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por
el que se constituye la Mesa de Contratación Permanente de la Cámara de
Cuentas de Andalucía y se designan a sus miembros.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 326.4 de la Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014, así como en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el
que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público, y en virtud de la competencia conferida en el artículo 68 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, como órgano de
contratación de la Cámara de Cuentas de Andalucía,
ACUERDO
Primero. Mesa de Contratación Permanente.
Se constituye la Mesa de Contratación de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con
carácter permanente, con las funciones que le asigna la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014, y los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se
desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Segundo. Composición.
Presidente: Funcionario de carrera, Licenciado en Derecho, nivel 28 a 30, de la
Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal primero: Letrado de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal segundo: Interventor de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal tercero: Jefe de Servicio de Gestión Económica, Contratación y Asuntos
Generales de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal cuarto: Persona titular del Departamento o Servicio proponente del expediente
de contratación de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal quinto-Secretario: Asesor Técnico de la Oficina de Contratación de la Cámara
de Cuentas de Andalucía.
Tercero. Funcionamiento.
La Mesa de Contratación tendrá como función asistir a la Presidencia de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, como órgano de contratación conforme a la legislación vigente.
Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, incluido el de
Vocal quinto-Secretario.
A las convocatorias, y a solicitud del Presidente de la Mesa, podrán asistir los
asesores especializados que resulten necesarios según la naturaleza de los asuntos a
tratar, los cuales actuarán con voz, pero sin voto.
Quinto. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de enero de 2023.- La Presidenta, Carmen Núñez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275747
Cuarto. Disposición derogatoria.
Quedan sin efecto cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en esta resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023
página 697/1
3. Otras disposiciones
CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
Acuerdo de 9 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por
el que se constituye la Mesa de Contratación Permanente de la Cámara de
Cuentas de Andalucía y se designan a sus miembros.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 326.4 de la Ley 9/2017, de Contratos del
Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de
2014, así como en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el
que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público, y en virtud de la competencia conferida en el artículo 68 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, como órgano de
contratación de la Cámara de Cuentas de Andalucía,
ACUERDO
Primero. Mesa de Contratación Permanente.
Se constituye la Mesa de Contratación de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con
carácter permanente, con las funciones que le asigna la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014, y los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se
desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Segundo. Composición.
Presidente: Funcionario de carrera, Licenciado en Derecho, nivel 28 a 30, de la
Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal primero: Letrado de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal segundo: Interventor de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal tercero: Jefe de Servicio de Gestión Económica, Contratación y Asuntos
Generales de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal cuarto: Persona titular del Departamento o Servicio proponente del expediente
de contratación de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Vocal quinto-Secretario: Asesor Técnico de la Oficina de Contratación de la Cámara
de Cuentas de Andalucía.
Tercero. Funcionamiento.
La Mesa de Contratación tendrá como función asistir a la Presidencia de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, como órgano de contratación conforme a la legislación vigente.
Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, incluido el de
Vocal quinto-Secretario.
A las convocatorias, y a solicitud del Presidente de la Mesa, podrán asistir los
asesores especializados que resulten necesarios según la naturaleza de los asuntos a
tratar, los cuales actuarán con voz, pero sin voto.
Quinto. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de enero de 2023.- La Presidenta, Carmen Núñez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275747
Cuarto. Disposición derogatoria.
Quedan sin efecto cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en esta resolución.