3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2023/9-18)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión (PP. 6/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Lunes, 16 de enero de 2023

página 115/7

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por
los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del
territorio, pudiendo conllevar una modificación de la presente resolución en su caso, y en
todo caso, antes de otorgar una autorización de explotación. En particular, el titular de
la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe de la Delegación
Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Invercapital
Solar, S.L., con CIF B-67038703, para el proyecto de «Planta Solar fotovoltaica Chiclana 3
de 8,5 MW, y linea subterránea de evacuación» en el término municipal de Chiclana de
la Frontera (Cádiz) (Expediente: AAU/CA/028/21), de fecha 29.11.2022 cuyo contenido
íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
6. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En
caso de requerir modificación del mismo, éste deberá ser presentado a esta Delegacion
Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al
art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.
7. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria
obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se
precisen.
8. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen
sido contemplados expresamente en el proyecto presentado. En tales supuestos la
administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los
organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la
Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.

00275283

Cádiz, 27 de diciembre de 2022.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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